Los casos de sicariato ocurrieron en distintas zonas de la urbe, a lo largo de todo el año.
Punto Noticias.- “Primeras versiones señalan que los sicarios lo interceptaron en moto cuando el coronel Santiago Loza, director de la cárcel de El Inca, se dirigía a su trabajo”, dijo Freddy Sarzosa, director de la Dinased de la Policía Nacional, el 1 de diciembre de 2022.
Estas declaraciones las dio luego del sicariato contra Santiago Loza Moscoso, Coronel en servicio pasivo de la Policía, que se desempeñaba como director de la Cárcel de El Inca, en Quito. Un hecho que causó conmoción en la sociedad capitalina, que no fue el único.
Otro caso de sicariato ocurrió el 14 de mayo de 2022. Esa tarde Manuel Zúñiga, presidente de los Latin Kings en Ecuador, junto a su pareja Gabriela Cruz fueron baleados en el sector del Puente 3, en Conocoto, al oriente de Quito.
Según la Policía, el ataque armado ocurrió cuando las víctimas se movilizaban en un vehículo. Los sicarios lograron interceptarlos y dispararon desde otro carro, hasta que el auto de Zúñiga chocó contra un poste. En ese instante, dos de los sicarios se bajaron del carro y dispararon en contra las dos víctimas, hasta dejarlos sin vida.
Los casos aquí podrían seguir enumerándose y la lista se iría alargando. Sin embargado, y para sorpresa de muchos, la Policía Nacional mencionó que no se registraron sicariatos en Quito en el año 2022. Según cifras de la institución, entre el 1 de enero y el 26 de diciembre de 2022 se reportaron 181 casos. De esta cifra, 135 casos correspondieron a homicidios, 42 fueron asesinatos, 4 fueron femicidios y no se registró ningún sicariato.
El coronel Patricio Sarabia, comandante del Distrito Metropolitano de Quito, subrogante, recalcó a Diario El Universo que no existieron casos de sicariato. “No tenemos reportado sicariato desde la perspectiva de la caracterización como conceptualmente se lo conoce al sicariato: una muerte por encargo, una muerte selectiva”, dijo.
Según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), en su artículo 143, el sicariato se da cuando una persona mata a otra por precio, pago, recompensa, “promesa remuneratoria u otra forma de beneficio, para sí o un tercero”. Además, se indica que la persona que cometa este delito será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.