Policías aprehendieron a dos miembros de la junta receptora del voto por alterar papeletas, en Sucumbíos.
Punto Noticias.- Juan Carlos B. P. y Jorge Luis A. A. fueron procesados por fraude electoral y alteración de evidencias y elementos de prueba, respectivamente. Ambos ciudadanos conformaban una junta receptora del voto (JRV), instalada en la Unidad Educativa Básica Abdón Calderón, en Cuyabeno, Sucumbíos, para las elecciones presidenciales de este 15 de octubre de 2023.
Contra Juan Carlos B. P y Jorge Luis A. A., Fiscalía presentó cargos en audiencias por separado, aunque su aprehensión tuvo relación con los mismos hechos.
“En una de las diligencias, el Fiscal a cargo de procesarlos dijo que Juan Carlos B. P. –secretario de la mesa electoral– habría ingresado catorce papeletas en la urna, trece de ellas con el voto consignado a favor de una candidatura y la otra en blanco”, señaló la Fiscalía.
Agregó que, de este hecho, se percató la coordinadora del recinto electoral. Ella alertó a un militar asignado al lugar para brindar seguridad. Y el uniformado comunicó esta novedad a un policía.
“Cuando este último llegó a la JRV, encontró las papeletas partidas por la mitad. El presidente de mesa, Jorge Luis A. A., dijo que él las destruyó por disposición de una coordinadora del recinto electoral, quien le habría explicado que ese es el procedimiento que se sigue en esos casos”.
Fiscalía mencionó que, pese a su explicación, al igual que el secretario, él también fue aprehendido, pues habría incurrido en el delito de alteración de evidencias y elementos de prueba.
En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, que se instaló para resolver la situación jurídica de Juan Carlos B. P., el Juez resolvió ordenarle presentaciones periódicas y la prohibición de salida del país.
En cuanto a Jorge Luis A. A., su causa se resolverá a través de un procedimiento directo, con una instrucción fiscal de 20 días. La audiencia de juicio se llevará a cabo el 6 de noviembre de 2023, a las 11:00.
El delito de fraude electoral, por el que es procesado Juan Carlos B. P., está sancionado, en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), con una pena de cinco a siete años. Mientras que la infracción por la que es procesado Jorge Luis A. A. es la de alteración de evidencias y elementos de prueba, sancionada con una pena de uno a tres años.