Algunas empresas aplican el numeral 6 del artículo 169 del Código del Trabajo, que invoca la fuerza mayor como causal para terminar un contrato.
Punto Noticias.- Durante la emergencia sanitaria se han registrado despidos en el país, a pesar de que el presidente Lenín Moreno aseguró que no se darían.
El 30 de marzo, al menos 140 personas fueron despedidas de Confiteca, empresa productora de dulces.
Según denuncias de varios trabajadores en redes sociales, la empresa les explicó los graves problemas económicos por los que atravesaba y por lo que se acogió a un artículo del Código del Trabajo que invoca el caso fortuito o de fuerza mayor.
La empresa explicó que se trató de una reestructuración, ya que las ventas y producción han caído y que sus decisiones están amparadas en la ley. Pero este no es el único caso de pérdida de empleos.
El ministro del Trabajo, Luis Arturo Poveda, confirmó que durante la emergencia han recibido 458 denuncias de despidos intempestivos.
Lo sucedido está en contra del ofrecimiento del presidente Lenín Moreno que luego de ordenar las medidas de restricción, dispuso que los empleadores y trabajadores deberán llegar a acuerdos de modalidades de trabajo y así evitar despidos.
José Irigoyen, experto en derecho laboral, dijo que desde la perspectiva legal es plenamente factible la aplicación del numeral 6 del artículo 169 del Código del Trabajo, que invoca la fuerza mayor como causal para terminar un contrato de trabajo individual, porque vivimos una pandemia.
Pero explicó que este tipo de figuras no han sido usadas, porque es una medida fuerte que no contempla indemnización alguna para el trabajador.
Ante ello, el ministro Poveda hizo un llamado a la comprensión y solidaridad del sector empleador para llegar a acuerdos que eviten terminar los contratos.
Se refirió a las opciones que se establecieron en el acuerdo ministerial 080, en el que se promueve que empleadores y trabajadores, que se encuentren en la modalidad de jornada suspendida, de común acuerdo, fijen un calendario de pago de remuneraciones durante el período de suspensión.
En otras empresas el pago de los sueldos es normal y se hará hasta el 6 de abril.
La Cámara Nacional de Microempresas del Ecuador señaló que el pago de marzo está garantizado. Pero indicó que por la descapitalización acelerada, será más difícil sostener el empleo en abril.
Fuente: El Universo, redes sociales