A pocos días de cumplirse un año de la presentación de propuesta del defensor Público, Ernesto Pazmiño sobre reformas al Código Orgánico de la Función Judicial ante la Asamblea Nacional, el funcionario insiste en la revisión de la normativa para fortalecer la independencia de la justicia.
Pazmiño señaló la necesidad de derogar las figuras del error inexcusable, dolo y negligencia porque atentan contra el principio de independencia e imparcialidad de los operadores de justicia.
“El control disciplinario en manos exclusivas del Consejo de la Judicatura, con facultades de destituir jueces, fiscales y defensores públicos por dolo, negligencia o error inexcusable en sus actuaciones jurisdiccionales, constituye interferencia, injerencia o condicionamiento que debilitan y afectan la independencia judicial”, explicó.
El Defensor Público General insiste en que la sana crítica de los jueces sea la esencia generadora y sustento de la democratización de la justicia como escudo de protección de los derechos de los individuos y que para diferenciarse de épocas absolutistas la Constitución del 2008 especializó e independizó a sus órganos autónomos, con el fin de que la independencia interna garantice la imparcialidad del juzgador y así evitar que sus fallos sean revisados por instancias ajenas a lo jurisdiccional, por lo que es imperioso retirar la facultad de destitución al Consejo de la Judicatura usando como fundamento el error inexcusable.
Únicamente el órgano jurisdiccional debe calificar la existencia de una actuación errónea para que incluso la sociedad conozca de esta incorreción y el órgano de gobierno pueda iniciar los sumarios que correspondan, incorporando el principio de publicidad en su sustanciación.
Pazmiño expresó su indignación porque el Consejo de la Judicatura calificó como información reservada los sumarios administrativos que terminaron con la destitución de los jueces, justificación con la cual el Consejo le negó la entrega de copias de esos expedientes. “Si público es el inicio de los sumarios y se hace pública la destitución del juez, ¿por qué se califica de reservado el expediente administrativo? Este procedimiento pone en duda el cumplimiento de las garantías del debido proceso”, dijo.
El Defensor Público General señaló que “es importante que todos los ciudadanos nos apropiemos de la defensa de la independencia judicial precisamente para exigir nuestros derechos y cuidar lo público; y, que a los abogados en ejercicio de la magistratura les protejan valores democráticos y éticos con los cuales deben cumplir sus funciones sin permitir interferencia alguna; más aún en estos momentos en los que los actos de corrupción hieren la sensibilidad de los ecuatorianos, es necesario garantizar la independencia de la justicia y la imparcialidad de los jueces para evitar la impunidad de los poderosos.