La jueza Alzira Benítez Telles, de la Unidad de Garantías Penitenciarias de Cotopaxi, aceptó el pedido de régimen semiabierto para Jorge Luis Zambrano González, alias Rasquiña.
Punto Noticias: El viernes 5 de junio, fue concedido el pedido de prelibertad al lider de la banda “Los Choneros”. Zambrano cumple aproximadamente seis años de prisión en el centro de rehabilitación social de Cotopaxi.
En el 2015, el reo fue sentenciado inicialmente a ocho años de reclusión como cómplice de un asesinato, sin embargo luego se lo acusó como coautor del delito y la pena fue modificada a 20 años, pero un juez de Guayaquil, de menor categoría, bajo el principio de favorabilidad dispuso que Zambrano fue cómplice de asesinato, disminuyendo y ratificando así la pena de 20 a 8 años de prisión.
La solicitud de prelibertad fue presentada por su abogado Harrison Salcedo tras cumplir el 95% de la sentencia y aceptada por la Jueza Alzira Benitez Telles. Hasta el momento se espera la emisión de la boleta de excarcelación.
Según los registros de la Policía Nacional, el cabecilla de ‘Los Choneros’ acumula 35 procesos, la mayoría por asesinatos, delincuencia organizada y narcotráfico.
La jueza Benitez dispuso que alias Rasquiña sea trasladado a su domicilio en la provincia de Manabí. Deberá presentarse semanalmente en la cárcel El Rodeo, en la provincia de Manabí, además la resolución dispuso que tiene prohibido el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias sujetas a fiscalización.
Hasta el momento en la Cárcel de Latacunga, donde Zambrano cumple su pena, se espera la notificación oficial para dar paso al proceso de liberación.
El artículo 698 del Código Integral Penal (COIP) explica que el juez dispondrá el uso del dispositivo de vigilancia electrónica para el beneficiado, se realizarán actividades de inserción familiar, laboral, social y comunitaria y solo se benefician quienes cumplan por lo menos con el 60% de la pena impuesta.
«En el caso de incumplimiento injustificado de los mecanismos de control por parte del beneficiario de este régimen, sin causa de justificación suficiente y probada, la o el juez de Garantías Penitenciarias revocará el beneficio y declarará a la person. (C.D.A.)