Esta normativa genera consecuencias directas en el ejercicio de los derechos a la vida e integridad personal, según detalló el organismo.
Este miércoles 05 de mayo, la Corte Constitucional (CC) declaró que el Acuerdo Ministerial Nro. 179 del Ministerio de Defensa Nacional que contiene el “Reglamento del Uso Progresivo, Racional y Diferenciado de la Fuerza por parte de los Miembros de las Fuerzas Armadas”, es inconstitucional. Esta resolución contó con el voto unánime de todos los magistrados.
🔴#ATENCIÓN | @CorteConstEcu declaró la inconstitucionalidad por la forma del Acuerdo Ministerial Nro. 179 del Ministerio de Defensa Nacional que contiene el “Reglamento del Uso Progresivo, Racional y Diferenciado de la Fuerza por parte de los Miembros de las Fuerzas Armadas”. pic.twitter.com/k1K7eCqPSE
— Radio Pichincha (@radio_pichincha) May 7, 2021
Esta resolución se da; ya que, la normativa es contraria al principio de reserva de ley orgánica, previsto en los artículos 132 y 133 numerales 1 y 2 de la Constitución de la República. Además, genera consecuencias directas en el ejercicio de los derechos a la vida e integridad personal.
De la misma manera, la Corte Constitucional indicó que el Ministerio de Defensa excedió las atribuciones conferidas a las ministras y ministros de Estado, previstas en el artículo 154 de la Constitución.
El Organismo recordó que la intervención complementaria de las FFAA, en el control del orden público y seguridad ciudadana debe ser: extraordinaria; subordinada y complementaria; regulada; fiscalizada y debe realizarse dentro de un estado de excepción, en estricto apego a la ley y bajo órdenes de la autoridad civil –presidente de la República–.
En este contexto, recordó que cualquier normativa que haga referencia al uso progresivo de la fuerza debería mantener estándares respecto a los derechos a la vida, integridad personal y protesta.
Por otra parte, la Corte Constitucional remitió una copia de esta sentencia a la Asamblea Nacional, debido a que, en este momento, se encuentra en trámite el proyecto de Ley Orgánica para el Uso Legal, Proporcional, Adecuado y Necesario de la Fuerza. Con esto, se busca que los legisladores consideren los criterios y estándares establecidos en este dictamen.
Fuente: Corte Constitucional