Para transporte de carga, que abastece de productos de primera necesidad.
Punto Noticias. Con el propósito de conservar el buen estado de los vehículos de carga, que abastecen de productos de primera necesidad a todo el país, el COE Nacional autorizó la comercialización de repuestos y la atención en los talleres de mantenimiento vehicular.
Esta disposición será ejecutada por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), a escala nacional, para lo que emitió el Acuerdo No. 015-2020.
Conforme esta resolución, el traslado y comercialización de repuestos, incluyendo neumáticos, baterías, lubricantes y demás autopartes y productos necesarios para el mantenimiento de los vehículos que pertenecen a la cadena logística de transporte, está permitida sin restricción de placa y horario de toque de queda.
También pueden circular, sin restricción, los vehículos en los que se movilicen los trabajadores de mecánicas, vulcanizadoras, lubricadoras y demás talleres que presten servicio de mantenimiento y reparación a los transportes habilitados para circular conforme el Decreto 1017, las Resoluciones del COE Nacional y el presente Acuerdo ministerial.
El mandato del COE Nacional NO aplica para los vehículos de carga liviana, mixta y pesada, taxis, institucionales y demás, habilitados para circular en Estado de Excepción, que requieran mantenimiento o reparación vehicular.
Los vehículos particulares, que requieran movilizarse a los diferentes talleres de mantenimiento o reparación de vehículos, deberán circular conforme las restricciones vehiculares de placa y el horario de toque de queda.
El Ministerio de Transporte y Obras Públicas recomendó, a los trabajadores de los talleres mecánicos, ubicados en los corredores logísticos, brindar sus servicios en horarios extendidos e implementar protocolos internos de bioseguridad.