La ordenanza reformatoria al Código Municipal incorpora el boletaje electrónico que obtuvo su aprobación este jueves 5 de noviembre.
Punto Noticias.- El jueves 5 de noviembre en la tarde, el Concejo Metropolitano de Quito aprobó la ordenanza reformatoria al Código Municipal que agrega el boletaje electrónico y otras medidas de contención para aplicarse en los espectáculos públicos masivos con el fin de evitar los contagio de coronavirus. Se aprobó en el segundo debate de la propuesta, durante una sesión extraordinaria.
El proponente del proyecto, Santiago Guarderas, dijo que la propuesta contemplaba inicialmente su aplicación solo en espectáculos deportivos, una vez que estos sean permitidos. Pero, por petición de otros ediles y del alcalde Jorge Yunda, fue ampliado a los espectáculos públicos de manera general, incluidos los de entretenimiento.
Guarderas subrayó que el momento que las autoridades pertinentes autoricen la realización de ese tipo de eventos, la actual ordenanza servirá para evitar la propagación del virus. Además, la venta de boletos de manera electrónica, servirá para llevar un mejor control tributario.
En esta categoría están todos los espectáculos artísticos, musicales, deportivos, entre otros, públicos o privados, donde se realicen actividades físicas o intelectuales en un escenario con capacidad para 5.000 o más espectadores. No incluye a los museos.
La diferencia con la compra en línea que ya se venía aplicando en algunos establecimientos hace tiempo es que anteriormente la persona, si bien hacía la compra en la red debía retirar el tiquete físico. Ahora con esta ordenanza da la posibilidad de que el boleto sea solo electrónico y no haga falta tenerlo impreso.
Además, la normativa establece que los asistentes ocupen los puestos con el respectivo distanciamiento físico entre ellos.
El establecimiento debe tener señalización para accesos, salidas, vías de evacuación, pasillos, corredores y gradas de circulación. También, se inspeccionará el número de accesos internos y externos que pudieren habilitarse para facilitar el ingreso, la salida y la circulación de los espectadores. Se cumplirá con el control de temperatura al ingreso, y habrá un centro de atención médica.
Incluso, el responsable se encargará de la implementación de un protocolo para el manejo de desechos y demás condiciones sanitarias. Los baños permanecerán cerrados durante el ingreso, el medio tiempo y la salida del evento con el fin de evitar aglomeraciones. Es decir, solo se permitirá su uso durante el espectáculo.
Cualquier promotor que incumpla la normativa será sancionado dependiendo de su falta con lo que dice el Código Municipal tanto por la Agencia Metropolitana de Control (AMC) como por la Dirección Metropolitana Tributaria.
Después del primer debate, se incluyó al proyecto observaciones de los miembros del Concejo. Por ejemplo, se aclaró que la vigencia de las medidas de bioseguridad deben aplicarse antes, durante y después de los espectáculos está supeditada a la duración de la emergencia sanitaria.
La obligatoriedad de que los asistentes a los espectáculos lleven a mano alcohol no fue incorporada.
La venta de boletos electrónicos no es obligatoria. O sea, el promotor u organizador podrá optar por la modalidad y lo deberá informar al momento de solicitar la autorización para la realización del espectáculo público. Si lo hace por vía electrónica no podrá utilizar otra modalidad para la emisión de dichos documentos dentro del mismo evento.
Fuente: El Comercio