Ante esto, pide a la Asamblea un adecuado balance entre la protección de la vida y los derechos constitucionales de mujeres víctimas de violación.
La Conferencia Episcopal Ecuatoriana publicó una carta abierta a los asambleístas para que tomen en cuenta sus puntos de vista, dentro del debate del «Proyecto de Ley Orgánica para garantizar la Interrupción Voluntaria del Embarazo en Caso de Violación».
En este sentido, solicitó que la Legislatura establezca las «condiciones y requisitos para que exista un adecuado balance entre la protección de la vida desde la concepción y los derechos constitucionales de las mujeres víctimas de violación.».
De la misma manera, según su criterio, este proyecto de Ley se concentra únicamente en el aborto como única alternativa para las mujeres víctimas de la violación y reduce al ser humano concebido a un simple producto sin ningún derecho humano.
🔴#ATENCIÓN | Mediante un comunicado la @Confepec señala que la Ley de Interrupción del Embarazo se concentra únicamente en el aborto como única alternativa para las mujeres víctimas de violación y reduce al ser humano concebido a un simple producto sin ningún derecho humano. pic.twitter.com/xhy8Wkjlyg
— Radio Pichincha (@radio_pichincha) January 14, 2022
Temporalidad
La Conferencia Episcopal aseguró que la temporalidad parte de un supuesto, de que la vida no comienza desde la concepción, por lo cual “resulta subjetivo, arbitrario y contrario a todo hallazgo técnico – científico señalar una edad de gestación hasta la que se puede abortar”.
Además, explicó que la actual temporalidad que fijó la Comisión de Justicia, de 28 semanas para mujeres mayores de 18 años y sin ningún tipo de plazos, niñas y adolescentes menores de 18 años y mujeres con discapacidad, pone en riesgo la salud y vida de la madre.
“Esta observación sobre el riesgo de la salud y vida de la madre, así como de la facilidad médica para abortar, nunca debe utilizarse como justificación para dar muerte de manera arbitraria y sumaria a un ser humano; aunque, en el caso de violación, no se impute ninguna pena legal a los autores del aborto”.
Denuncia
La organización también asevera que la falta de denuncia e investigación de los delitos de violación fomenta el sentido de impunidad e incentivaría su repetición.
“Sin denuncia, por consiguiente, no hay justicia; en este caso, el violador queda en la impunidad y la mujer permanece desprotegida por parte del Estado”.
Objeción de conciencia
Sobre la objeción de conciencia explicó que esto es un derecho humano reconocido por la Constitución, por lo cual el Estado tiene del deber de respetar las creencias y convicciones de cada persona.
“El personal médico, por lo tanto, no debe ser obligado a practicar un aborto en contra de sus convicciones medicas, éticas y morales, más aún bajo la amenaza de penas, como la cárcel o la multa”.