Se plantea la enmienda al artículo 79 de la Constitución. Los electores decidirán el próximo domingo, pero es necesario conocer cómo se refrendará la decisión en caso de que ganara en las urnas.
Punto Noticias.- Reformar la Constitución para permitir la extradición de ecuatorianos es uno de los temas que acoge la Consulta y el Referendo del Gobierno de Daniel Noboa y a la que el domingo, 21 de abril deberán responder los electores.
La pregunta es la siguiente:
¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos, con las condiciones, requisitos, restricciones e impedimentos establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y en la Ley, enmendando la Constitución?
La pregunta contiene un anexo que señala la enmienda al artículo 79 de la Constitución. Al momento, dicho artículo establece que en ningún caso se concederá la extradición de un ciudadano ecuatoriano. Mientras, la propuesta menciona que la extradición se solicitará y se concederá de acuerdo con las condiciones, requisitos, restricciones e impedimentos establecidos en la Constitución e instrumentos internacionales. Además, la extradición se concederá por los jueces establecidos.
Asimismo, el anexo plantea que no se concederá la extradición por delitos políticos y conexos, con la exclusión del terrorismo, los delitos contra la humanidad y otros establecidos en los convenios internacionales.
Cabe recordar que la extradición es una institución jurídica mediante la cual un Estado solicita a otro la entrega de una persona que se encuentra en territorio extranjero para ser juzgada en materia penal o para que cumpla una sentencia.
La extradición puede ser activa o pasiva, cuyo procedimiento consiste en la petición del juez de la causa, la calificación, la solicitud al país extranjero, se dan audiencias y comparecencias, así como hay una calificación de la procedencia o no de la petición del país requerido. Es decir, en este caso intervienen las máximas autoridades del Estado como el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, la Cancillería o el representante diplomático del Estado.
El viceministro de Gobierno, Esteban Torres, indicó que con esa reforma se pretende que la extradición no esté circunscrita a un pequeño grupo de delitos que a veces no tienen la misma connotación en otros países.
En ese sentido, señaló que la propuesta es más amplia y se espera que con esa aprobación se cuente con la posibilidad de que aquellos peligrosos delincuentes, especialmente, los más relevantes no estén en las cárceles de Ecuador, sino en otras.
De ganar el SÍ comentó, a Radio Pichincha, que la Corte Nacional de Justicia deberá analizar el tema, ya que es la entidad que realiza el trámite. Pero añadió que hay interés para la extradición por delitos transnacionales, trata de personas y narcotráfico, ya que hay conexiones con otros países.
Vinicio Montalvo, arquitecto de profesión y excoordinador estratégico del Ministerio de Seguridad, recalcó que, al momento, la extradición de los ecuatorianos está prohibida, pero dijo que si gana el SÍ una Asamblea Constituyente debería refrendarla. Esa reforma duraría por lo menos un año.
¿Cómo se va a legislar la extradición?, se preguntó. La razón es que es importante que no se confunda la extradición con la expulsión (deportación).
Sostuvo que un proceso de extradición es complicado. Expuso que lo debe solicitar un Estado.
“No es que nosotros vamos a decir, por ejemplo, a Estados Unidos oiga señor aquí tenemos un narcotraficante por favor le vamos a mandar. Eso no es posible, los americanos deberían pedir al Ecuador. Los americanos son muy selectivos de quién van a pedir la extradición. No nos sirve esa figura de la extradición como nos hacen creer”, expresó.
Manifestó que de ganar la pregunta le compete a la Asamblea refrendarla, pero ahí hay que ver quiénes lo van a hacer y cómo.
“Los ecuatorianos deben entender que este tipo de leyes tienen implicaciones jurídicas que son internacionales y complicadas de implementarlas. No podemos fallar en eso”, subrayó.