Según los abogados que presentan el escrito, si la Corte determina el incumplimiento de las obligaciones, eso significaría que el Estado en su conjunto fue responsable por las muertes en las cárceles.
Punto Noticias.- Algunos integrantes del Foro de Abogados Penalistas Litigantes presentaron un oficio en la Corte Constitucional (CC), la mañana de este jueves 4 de marzo de 2021, solicitando la verificación de los dictámenes de constitucionalidad expedidos para dar paso a los estados de excepción y sus respectivas renovaciones en el Sistema de Rehabilitación Social.
En el documento del foro, solicitan a la CC que active el proceso de verificación de los dictámenes de constitucionalidad expedidos con el fin de analizar los dos estados de excepción en el Sistema de Rehabilitación Social y sus renovaciones, que antes de resolver su incumplimiento disponga varias medidas.
Como solicitar a la Defensoría del Pueblo el informe de seguimiento de la implementación de las medidas dispuestas en los dictámenes de constitucionalidad de los estados de excepción; pedir al presidente Lenín Moreno “un informe sobre las acciones concretas específicas realizadas por él para implementar las soluciones estructurales a la situación carcelaria del país”, un informe detallado del estado de ejecución del plan de acción presentado a la CC, entre otras.
Según Stalin Raza, del Foro de Abogados, la CC dictó cuatro pronunciamientos sobre el sistema carcelario y ello estableció obligaciones específicas para el presidente de la República, Lenín Moreno, para el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI), para el Ministerio de Gobierno y para el defensor del Pueblo, Freddy Carrión.
“Nadie de ellos ha cumplido con esas obligaciones y por eso es que se produjo la crisis que ocurrió el 23 de febrero último. Obligaciones como realizar políticas de carácter estructural, lo dice así la CC, políticas de largo plazo y de carácter estructural para lidiar con los problemas que genera la crisis, que son la falta de infraestructura, la corrupción dentro de los centros penitenciarios, los problemas de hacinamiento y la falta de servicios básicos. Estas políticas debieron haberse cumplido”, comentó Raza.
Este Foro pretende que la CC dentro de su competencia verifique y exija la demostración de las obligaciones que se debieron cumplir y no se han cumplido. Según los abogados que presentan el escrito, si la Corte determina el incumplimiento de las obligaciones, eso significaría que el Estado en su conjunto fue responsable por las muertes que ocurrieron y por las malas condiciones en que viven los privados de la libertad.
“Es el Estado el que deberá responder a los privados de la libertad y a sus familias por las reparaciones que haya lugar”, resaltó Raza.
Así mismo, Paúl Ocaña, otro integrante del Foro, dijo que cuando se haga la verificación en la CC y esté su respuesta, se analizarían cuáles son las acciones pertinentes que realizarán como abogados. Si no hay respuesta del organismo, dijo Ocaña, se abre la puerta para ir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y ser escuchados.
Ocaña sostiene, “nosotros conocemos que los dictámenes no han sido cumplidos por instituciones como el SNAI, la Defensoría del Pueblo, el Ministerio de Finanzas. Con esta solicitud que estamos presentando vamos a tener claro quién ha cumplido y quién no ha cumplido, si se ha cumplido a cabalidad o parcialmente. Con ello nosotros analizaremos cuáles son las acciones que deberíamos presentar contra el no cumplimiento de estas decisiones”.
De su lado, la CC señaló que en sesión ordinaria del 3 de marzo pasado, el pleno por unanimidad emitió un auto para el inicio de la fase de seguimiento al cumplimiento de los Dictámenes 4-20-EE/20 y 6-20-EE/20, que refieren a la declaratoria y renovación del “estado de excepción por conmoción interna en todos los centros de privación de libertad que integran el sistema de rehabilitación social a nivel nacional, sin exclusión alguna en razón a su tipología, en atención a las circunstancias de violencia social que se han producido al interior de los centros”.
Sobre los hechos de violencia desde el 23 de febrero de 2021 y que son de conocimiento público, la Corte informó que “podían haber sido evitados, pues son el producto de las fallas estructurales que presenta el Sistema Nacional de Rehabilitación Social, que han sido identificadas desde el primer estado de excepción No. 1-19-EE/19 de 30 de mayo de 2019”.
Por eso, “condenó enfáticamente que las medidas extraordinarias adoptadas en el marco del estado de excepción para controlar y prevenir la violencia generada en los Centros de Privación de Libertad (CPL) del país no hayan mostrado resultados tangibles y recalcó la posición especial de garante que tiene el Estado frente a los derechos de las personas privadas de libertad, quienes se encuentran bajo su custodia y responsabilidad, y el deber de responder por las acciones u omisiones que vulneran derechos”.
En referencia a la orden dirigida al presidente de la República de remitir un plan de acción a mediano y largo plazo que afronte la crisis dentro del sistema carcelario mediante el régimen ordinario, la CC habría constatado que el plan remitido por el SNAI refiere que “las instituciones responsables no cuentan con las condiciones mínimas para realizar una gestión organizada, eficiente y sostenible que brinde soluciones estructurales”.
Fuente: El Universo