Con esta resolución la Asamblea Nacional deberá archivar la normativa.
La tarde del jueves 5 de diciembre la Corte Constitucional resolvió que el proyecto de Ley Orgánica de Registro de Violadores, Abusadores y Agresores Sexuales (Ley Revaas) es inconstitucional pues iría en contra de lo estipulado en la Constitución sobre el sistema de rehabilitación social y de la discriminación hacia una persona con base en el pasado judicial.
La Corte explica que la normativa impide a la persona ser reinsertada en la sociedad pese haber sido privada de la libertad y acatar las sanciones, además recuerda que la Constitución apunta que “nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política y pasado judicial”, entre otras.
De acuerdo con la Ley Orgánica de la Función Legislativa, si la CC determina la inconstitucionalidad total de un proyecto, este deberá ser archivado por la Asamblea. El proyecto establecía que exista una inhabilitación a las personas con sentencia ejecutoriada por delitos cometidos en contra de la integridad sexual y reproductiva de las niñas, los niños y los adolescentes para ejercer un cargo, profesión, empleo, oficio o voluntariado.
Fuente: El Comercio