Porque incluso el Código de la Democracia le exime del proceso de democracia interna para, en este caso, reemplazar a Rafael Correa, pero debe mirarse también el estatuto de la democracia interna, agregó.
El expresidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Carlos Aguinaga, advirtió que no depende del Código de la Democracia (CD) que el movimiento Centro Democrático pueda reemplazar la candidatura de Rafael Correa por la de Carlos Rabascall, sino del reglamento interno de la propia organización política.
A criterio del exfuncionario le corresponde a CD presentar una alternativa a la candidatura de Correa luego de que se rechazara su inscripción por caer en inhabilidades, como tener una sentencia ejecutoriada o no haber acudido a aceptar su participación en el proceso de manera presencial ante el organismo electoral.
“Desde el proceso de inscripción tiene que ver si se cumplió el proceso de precandidaturas y si no están en prohibiciones resolver si califica o no la candidatura”.
Aguinaga indicó que más allá del Código de la Democracia que da dos días a la organización política para presentar el reemplazo de una candidatura e incluso exime de un proceso democracia interna; lo que se necesita revisar es la norma de la lista 1 que puntualiza las reglas que se deben seguir para seleccionar candidatos.
“Si Rabascall viene de un proceso interno, debe demostrar Centro Democrático que cumplió, no solo es participar, sino ser nominado y seleccionado. Habría que ver que dice el reglamento de democracia interna de Centro Democrático”.
De ahí que insistió que si la normativa establece que Rabascall reemplazar a Correa, no habría problema en inscribir el binomio de la lista 1 en el CNE.