Esta sería la segunda condena que enfrenta el exjuez de la Unidad de Garantías Penitenciarias con sede en Portoviejo. La primera fue por usurpación y simulación de funciones públicas, al favorecer con un habeas corpus a tres personas, entre ellas Jorge Glas.
Punto Noticias.- Un Tribunal de Manabí sentenció a tres años de prisión al exjuez Banny Molina, por el delito de prevaricato, al disponer arresto domiciliario a una persona que no estaba privada de la libertad. Esta sería su segunda condena.
Los procesos contra el exjuez de la Unidad de Garantías Penitenciarias con sede en Portoviejo empezaron cuando, Molina emitió tres órdenes de excarcelación para tres privados de libertad -entre ellos el exvicepresidente Jorge Glas-, a quienes favoreció con acciones de habeas corpus, a las 16:46 del 5 de agosto de 2022. Esto, a pesar de que a las 12:10 de ese mismo día fue llamado a juicio.
Para la justicia eso significó que actuó cuando su jurisdicción estaba suspendida e incluso fue observado por causar indefensión al Estado, al no citar con la acción al Servicio de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI) y a la Procuraduría.
El 26 de agosto de 2022, la Sala Especializada de lo Laboral de la Corte de Justicia de Manabí declaró la nulidad de todo lo actuado por el entonces juez, al considerar su falta de competencia, en razón del territorio en la tramitación del habeas corpus que favoreció a Glas.
Todo lo actuado por Molina fue analizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura que lo destituyó el 22 de diciembre de 2022 por el cometimiento de error inexcusable en sus actuaciones.
El 25 de mayo de 2023, Molina fue declarado culpable del delito de usurpación y simulación de funciones públicas.
Un Tribunal de Manabí le dictó un año de prisión por una denuncia realizada por el entonces director General del Consejo de la Judicatura, Andrés Peñaherrera, que hacía referencia a su actuación en los habeas corpus cuando su jurisdicción estaba suspendida.
Todo esto dio paso a otro proceso por prevaricato que concluyó en la sentencia de tres años de cárcel este 18 de octubre, al disponer arresto domiciliario a una persona que no estaba privada de libertad.