Al momento, el gas de uso doméstico no registra ninguna variable en su costo.
Punto Noticias.- El sector privado cuenta con el aval del Gobierno para la libre importación de combustibles como gas industrial, gasolinas, gas natural, diésel, jet fuel, avgas, absorbentes y otros derivados destinados a nueve segmentos del mercado como el industrial, comercial, naviero, aéreo, pesquero artesanal, doméstico, vehicular, residencial, entre otros.
Mediante el Decreto Ejecutivo 1158 expedido el 24 de septiembre, el Gobierno, a través de la reforma al Reglamento de regulación de precios de derivados de petróleo del 2 de agosto de 2005, dio paso a esta medida.
El Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables será quien autorice a quienes cumplan con las Normas Técnicas Ecuatorianas de Calidad de los Combustibles que se comercializan en el país, así como, de nuevos combustibles de igual o mayor calidad, de acuerdo a la necesidad de los segmentos antes mencionados.
El Decreto establece un plazo de 120 días para que el Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN) actualice la norma para la comercialización de combustibles en el país.
El documento, además, señala que, en un plazo no mayor a 30 días, la Agencia de Regulación y Control de Energía deberá definir los actores de la cadena de comercialización y emitir las regulaciones correspondientes. Estos actores serán los que definan los precios de venta, en libre competencia.
A su vez, en un plazo no mayor a 60 días a partir de la vigencia del presente Decreto, las entidades públicas relacionadas con su ejecución adecuarán su normativa, para viabilizar la importación de derivados de hidrocarburos por parte del sector privado.
Al momento, el Decreto no ahonda en la venta de combustibles para el sector automotor, así como del gas de uso doméstico, que seguirá a cargo de Petroecuador, sobre todo, en lo relacionado a los subsidios. Pero de manera general menciona que los precios desde la terminal hasta el consumidor final del gas natural, gas natural licuado y gas natural comprimido, serán definidos por cada actor de la cadena de comercialización.
En este punto se insiste que los precios del GLP (Gas Licuado de Petróleo) desde la terminal hasta el consumidor final para uso comercial e industrial, así como del Diésel, Gasolinas, Solventes Industriales, Absorver Oil, Crudo Reducido (Residuo) y Fuel Oil serán definidos por cada actor de la cadena de comercialización, considerando las condiciones del mercado más los impuestos aplicables.
Algo similar pasará con el segmento naviero nacional e internacional que ocupa los productos: Fuel Oil, IFOS, Diésel y Gasolinas, así como con el segmento aéreo que utiliza el Jet Fuel y las aeronaves de matrícula internacional y nacional que emplean el Avgas.
Según el Decreto, las empresas públicas deberán facilitar la infraestructura a cambio del pago de una tarifa razonable por volumen y permanencia, para la importación, recepción. transporte y almacenamiento, y despacho de combustibles, con su costo y margen. Esa tarifa la establecerá la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables.
Para el analista petrolero Miguel Robalino todo esto es parte de un proceso de liberalización de combustibles que está en marcha y añadió que no necesariamente significa eliminar subsidios.
Liberar los precios de los combustibles es para Robalino que el mercado que lo maneja la estatal petrolera -con su cadena de comercialización- pase a ser administrado por el sector privado.
Comentó que, si bien eso sería en la teoría, en la práctica no resultaría tan fácil, debido a que la empresa privada necesita infraestructura para tener en donde almacenar el combustible importado.
“Una infraestructura en primer lugar es costosa y lo que necesitaría es estar aliado con cadenas de comercializadoras internas”, sostuvo y agregó que en la teoría es un paso, porque en la práctica aún no se tiene claro cómo se va a hacer.
Manifestó que anteriormente el Gobierno indicó que a través de Petroecuador se va a facilitar la infraestructura para las empresas interesadas en traer combustibles, pero que al momento no se tiene nada claro.
Sobre el tema del gas de uso doméstico, Robalino dijo que existe una lógica para que quede en manos de Petroecuador y es que importarlo y subsidiarlo no le resulta al Estado.
“Un tanque de gas que se vende a USD 1,60, al Estado le cuesta aproximadamente USD 15 el tanque de 15 kilos. Si se le ve desde esa óptica es muy difícil que a alguien le interese traer gas, porque hay un precio que está establecido y no se lo puede topar”, exclamó.
Paulo, es un distribuidor de gas a domicilio. Él entrega las bombonas de gas en el sector de Calderón y Carapungo. Él conoce del Decreto Ejecutivo, pero en el Centro de Acopio de Gas de Carcelén no le han indicado nada sobre si se modificarán los precios. Al momento, distribuye con normalidad el producto y está convencido de que el costo no aumentará.
Sobre el sector automotor, en cambio, Robalino expresó que los precios ya se han liberalizado con un piso y un techo, pero cuando pase ese techo se seguirá subsidiando.
Señaló que en este caso una de las variables que regulan el precio de los combustibles tiene que ver con el costo del valor del precio referencial del barril del petróleo en el mundo.
🔴 #ATENCIÓN | Mediante Decreto Ejecutivo 1158, Gobierno autoriza importar libremente gas industrial, gasolinas, gas natural, diésel, jet fuel, avgas, absorbentes y otros derivados destinados a la empresa privada, que definirá los precios de venta, en libre competencia. pic.twitter.com/sD49KPDLP2
— Radio Pichincha (@radio_pichincha) September 25, 2020
Fuente: Decreto Ejecutivo, Pichincha Comunicaciones