Se prohíbe exigir la recalificación de la discapacidad para realizar algún trámite, recuerda el MSP
En un memorándum del 06 de noviembre de 2023, el Ministerio de Salud Pública recordó que la Ley Orgánica de Discapacidades señala que las instituciones públicas y privadas no pueden pedir recalificación del certificado de discapacidad para cualquier tipo de trámite.
“Se debe evitar gestiones innecesarias y mantener una adecuada información a los usuarios”, insta la cartera de Estado.
Si bien la norma señala que toda persona con discapacidad tiene derecho a la recalificación de su condición, previa solicitud fundamentada, esto deberá ser por voluntad propia y no porque tenga que ver con algún trámite público o privado.
“Se prohíbe exigir la recalificación de la discapacidad” reza la norma.
El Ministerio de Salud recuerda que quien obligue al usuario a recalificarse para obtener un beneficio o certificado, podrá ser sujeto a sanciones, como:
- Multa de 5 a 10 salarios básicos unificados, y/o
- Suspensión de actividades hasta por 15 días
Entre otros aspectos se recuerda que la cédula de identidad acredita la calificación de discapacidad y será el único documento requerido para todo trámite o proceso.
“El certificado de votación no será exigido en ningún trámite”, se reitera.
Entre los trámites a los que acceden las personas con discapacidad o sus sustitutos están: devolución del IVA, descuentos en los servicios básicos, certificado de madre o padre sustituto, entre otros.
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