Saquicela dejó sin efecto las medidas cautelares de orden personal y real dictadas en contra de las procesadas.
Punto Noticias. Este lunes 9 de diciembre de 2019 el juez nacional Iván Saquicela dictó el auto de sobreseimiento a favor de la exasambleísta Sofía Espín y Yadira Cadena, luego de que la Fiscalía emitiera un dictamen abstentivo en este caso, en las que fueron investigadas por presunta tentativa de fraude procesal.
La Fiscalía General del Estado explicó que su titular se abstuvo de acusar a la exasambleísta por la Revolución Ciudadana, Sofía Espín y la abogada Yadira Cadena, porque, tras un análisis, se concluyó que los hechos descritos en el proceso –iniciado con una investigación previa en septiembre de 2018– no se enmarcan en los lineamientos del tipo penal sancionado en el artículo 272 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
“A diferencia de otros casos, en este no hubo un enfoque técnico-jurídico adecuado”, dice el comunicado de la Fiscalía.
Este lunes, el juez no declaró ni maliciosa ni temeraria la acusación particular, puesto que la acusadora particular, defendiendo los intereses del Estado, no ha evidenciado una conducta que pueda calificarse como temeraria, menos maliciosa.
Además, recordó que se cumplió con el requisito de procedibilidad luego del pronunciamiento de la Asamblea para iniciar causa penal en contra de la exlegisladora.
Espín y Cadena habrían pedido modificar el testimonio a una de las testigos del caso Balda. Ahora, varios excompañeros de bancada de Espín creen que debe existir una reparación “por su indebida destitución”.
Fuente: Expreso, Twitter