Esto debido a que almacenes, de electrodomésticos por ejemplo, que brindan crédito directo no están obligados, por el momento, a diferir cuotas por la emergencia sanitaria.
Marco López, delegado de la Junta Política y Regulación Monetaria Financiera, ratificó que la resolución 569 de esa entidad sobre diferimiento de cuotas en créditos empresariales o de consumo se ampliará por 60 días más, es decir que las personas pueden acogerse a este beneficio hasta el 29 de agosto.
Explicó que en un primer momento la Junta estableció que todos los deudores de la banca privada tengan un ventaja de 90 días para cancelar sus cuotas, plazo que corrió desde el 30 de marzo hasta el 29 de junio, y por el cual se acogieron más 1.2 millones créditos.
Sin embargo, destacó que al evidenciar que la ciudadanía recién está saliendo a la nueva normalidad tras el confinamiento obligado por el Covid19, el ente otorgará 60 días adicionales, es decir las personas que ya se acogieron a una prórroga de cuotas pueden volver a solicitarla o quienes se vean en la necesidad de hacerlo en este momento también pueden acogerse, sin que eso le implique intereses de mora.
Aseguró que no habrá nuevos costos porque no es nueva operación, pero que los intereses si correrán porque no se está condonando ese tema.
Respecto a las deudas contraídas en almacenes como crédito directo, López manifestó que la Junta está a la espera de que la Ley de Apoyo Humanitario se pronuncie al respecto, pues al momento no se puede regular ese sector ya que es considerado como empresarial.
“Ese es un tema regulado por la Superintendencia de Compañías pero ahí se ha dispuesto una disposición en la que la Junta establezca políticas también para ese sector veamos cómo sale la Ley Humanitaria”.
Fuente: Teladiario