Está listo el informe para segundo debate del proyecto de reformas a la ley del Seguro Social.
Punto Noticias. El informe para segundo debate del proyecto de reformas a la Ley de Seguridad Social, sobre la integración del Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, (Iess), aprobó la Comisión de los Derechos de los Trabajadores de la Legislatura.
Los parlamentarios decidieron acatar la sentencia de la Corte Constitucional, del 22 de marzo de 2016, al desarrollar criterios de paridad en la participación de hombres, mujeres y de los sectores agremiados y no agremiados, como vocales del Consejo Directivo del Seguro Social.
La presidencia del Consejo será rotativa entre los tres miembros que la componen y el tiempo de duración será equitativo, en períodos de 16 meses.
Por esta única vez, posesionado el primer Consejo Directivo del Iess, a partir de la publicación de la ley en el Registro Oficial, para el primer período de 16 meses, la presidencia será asumida por el representante del Ejecutivo, el siguiente período la ejercerá el representante de los trabajadores, en el posterior la designación será para el representante de los empleadores, por otros 16 meses, y así sucesivamente.
Cada representante al Consejo tendrá un alterno que subrogará al titular en caso de ausencia temporal o definitiva. En caso de ausencia o imposibilidad de los suplentes para asumir el cargo de los vocales principales, el Consejo Nacional Electoral (CNE), en un plazo máximo de 30 días, convocará a los candidatos a vocales principales y suplentes que sigan en la lista, en el orden de votación, según el sector que corresponda: asegurados o empleadores.
El Consejo Directivo del Iess instalará sus sesiones con la presencia de al menos dos de sus tres vocales miembros, siendo responsabilidad de la secretaria del organismo las respectivas confirmaciones de asistencia y demás temas relacionados para garantizar la presencia de estos.
Los candidatos a vocales principales y suplentes previa participación electoral, serán calificados por el CNE, en el marco de estrictos criterios técnicos, de experiencia y los requisitos que establezca la presente ley y el reglamento respectivo.
Los integrantes del Consejo Directivo desempeñarán sus labores profesionales y no gozarán de estabilidad indefinida en sus cargos, deberán prestar sus servicios de forma exclusiva y a tiempo completo para el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Las reformas establecen que podrán ejercer la cátedra universitaria, se afiliarán al sistema de seguridad social y sus aportes y remuneración serán pagados del presupuesto del Iess.
Fuente: Asamblea Nacional.