No se puede calificar a la Corte Constitucional como una entidad enemiga o correísta, por hacer un trabajo que está dentro del marco legal.
El abogado Mauro Andino Espinoza se refirió a la carta que el presidente de la República, Guillermo Lasso, envió a la Corte Constitucional, para aclarar que la atribución de calificar de urgente o no a un decreto-ley, le corresponde al Ejecutivo y no a los magistrados.
El abogado lamentó que el mandatario este mal asesorado en lo jurídico, pues debería saber que cuando disolvió la Asamblea Nacional, el órgano que se convirtió en un muro de contención para garantizar equilibrio institucional, es la Corte Constitucional.
Mauro Andino enfatizó que Guillermo Lasso no es monarca ni rey, como para querer destruir un Estado republicano y convertirlo en un Estado absoluto, retrocediendo 200 años.
Además, el abogado recordó que los nueve integrantes de la Corte Constitucional fueron inicialmente nombrados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio (Cpccs-T); incluso mencionó que el extinto Julio César Trujillo se extralimitó en las atribuciones que le dio la consulta popular del 2018, pues no está en las funciones del CPCCS cambiar de magistrados.
“Pero esa Corte y todas las autoridades se blindaron con una acción interpretativa que el propio Trujillo presentó para que ninguno sea sujeto de remoción”, agregó.
Andino sostuvo que en el 2022 se hizo una renovación parcial e ingresaron tres nuevos jueces, quienes ejercían de docentes en una universidad a la que estaba vinculada la entonces ministra de Gobierno, Alexandra Vela, durante el periodo de Guillermo Lasso.
Con esta base, Mauro Andino enfatizó que no se puede calificar a la Corte Constitucional como un ente enemigo o correísta, por hacer un trabajo que está dentro del marco legal.