En Machala, Manta, Guayaquil y Quito se concentra el lavado de activos, en Ecuador.
El lavado de activos es un proceso a través del cual el dinero, producto de actos delictivos, se ‘lava’, es decir se integra al sistema económico financiero legal, aparentando haber sido obtenido de forma lícita. El lavado de activos se concentra en entornos donde existen economías o industrias constituidas que facilitan la apariencia de legalidad, como es el caso de Manta, Machala, Guayaquil y Quito.
En Ecuador, con el lavado de activos se encubren actividades criminales o ilegales asociadas al narcotráfico, secuestro, tráfico de armas, sicariato, contrabando, trata de personas sea para esclavitud laboral, redes de prostitución o pornografía infantil y actividades que financian el terrorismo.
Así se explica en el Informe de Caracterización del Crimen Organizado en Ecuador, publicado en el 2023, con información conseguida en talleres y en entrevistas entre 2022 y febrero de 2023. En el documento se ubican las principales expresiones del crimen organizado, en todo el país:
- El narcotráfico, con un 23% de incidencia.
- El lavado de activos, con un 17%.
- La corrupción en todas las instituciones del Estado, con un 16%.
- El tráfico de armas, con 10%; y
- El tráfico de hidrocarburos relacionado al narcotráfico, con el 9%.
Además, en el informe, del Observatorio Ecuatoriano del Crimen Organizado (OECO), se habla de que Manabí y específicamente Manta es una ciudad altamente representativas para el lavado de activos. Esa información resulta de entrevistas a 116 representantes del Estado y trabajo de campo en Carchi, El Oro, Galápagos,
Guayas, Manabí, Santa Elena y Sucumbíos.
Los consultados le comentaron al OECO que en cuanto al lavado de activos, Manta es el ‘business center del crimen organizado‘, atribuido a los negocios que organizaciones criminales locales y transnacionales y ciertos políticos establecen en estas provincias para insertar sus ingresos ilícitos en el sistema económico formal.
En el informe se lee que en Manta se evidencia gran inversión en el sector inmobiliario, gastronómico, industrial de la pesca, y un mercado atractivo de apuestas deportivas que se perciben
como actividades proclives a lavado de activos.
Inclusive, en el sector inmobiliario y de mercado de valores se indicó que existen empresas que captan dinero tipo piramidal. Ofrecen incremento de capital en tasas de interés muy alto y en poco tiempo. Para promocionarlo se desarrollan talleres y conversatorios en hoteles para reclutar personas que se inscriban en este negocio.
Parte de este método, que también se ejecuta en Quito, incluye aparentar operaciones de compraventa de bitcoins con tasa alta de retorno en efectivo, pero de difícil trazabilidad. Este tipo de negocios se respaldan
con empresas en el exterior (especialmente de Colombia), vinculados a organizaciones criminales
colombianas.
El proyecto de ley sobre extinción de dominio
Ayer, lunes 15 de enero del 2024, Daniel Noboa envió el cuarto proyecto económico urgente. Se trata de la Ley Orgánica para la recuperación de activos de origen ilícito y transparencia en la contratación pública. Días atrás, el Ejecutivo también envió preguntas al respecto en el paquete que revisa la Corte Constitucional, para una posible consulta popular.
En esa línea, Mónica Palencia, ministra del Interior, comentó que en Ecuador hay grupos de delincuencia organizada. Y que a ellos no se les pelea con las armas sino cortando su financiamiento. «Por eso en la consulta es importante que se vote por los cambios a la Ley de extinción de dominio. Ahora la legislación dice que debe haber una sentencia ejecutoriada de carácter condenatorio, en otros países se procede cuando hay una conducta típica antijurídica».
La abogada Jessica Jaramillo opinó que el proyecto de ley acentúa en las reformas a Ley de Extinción de Dominio, las endurece, incorpora delitos contra los recursos naturales mineros, trata, extorsión, usura, asociación ilícita, delincuencia organizada. Es decir, delitos conexos al narcotráfico.
Asimismo, dijo Jessica Jaramillo acorta plazos en el procedimiento de extinción de dominio, establece un solo proceso, sin importar el número de bienes. Fortalece la acción de la Fiscalía, pone a trabajar a la Procuraduría y a la Unidad de Análisis Financiero.
«Hace que la monetización de activos obtenidos se destinen al desarrollo integral de nuestros niños, educación, cultura, deporte, erradicación de trabajo infantil, necesidades determinadas por el Ministerio de Finanzas, y el 10% al desarrollo tecnológico de la Fiscalía General del Estado en materia de extinción de dominio».
A Jaramillo le parece interesante la propuesta en materia de recuperación de activos, pero dice que en la práctica se verá la operatividad de Fiscalía, Procuraduría y UAFE.
Por su lado, Paúl Córdova, presidente del Colegio de Abogados de Pichincha, pregunta: ¿Qué han hecho la Contraloría, Sercop y la Procuraduría para identificar a contratistas, proveedores y contratos vinculados con gobiernos autónomos descentralizados e impedir que sigan usando la contratación pública como negocio de lavado de estos grupos?
Tras revisar el proyecto de ley, Jorge Peñafiel, asambleísta de Construye, identificó una contradicción en las dos propuestas de Gobierno sobre la necesidad de tener una sentencia ejecutoriada para ejecutar la extinción de dominio.
En la pregunta de la consulta popular dicen que sin necesidad de sentencia ejecutoriada se pueda despojar a los delincuentes de los activos del ilícito. En el texto del proyecto de ley se habla de tres fases; empieza con la investigación patrimonial; la judicial, con la resolución de pretensión de extinción de dominio, emitida por la Fiscalía, y la ejecución a cargo de la Procuraduría, que partiría de la sentencia ejecutoriada.
Este cuarto proyecto de ley, en materia económica urgente, enviado por el Ejecutivo despierta interés, en medio de un estado de excepción y la declaratoria de un conflicto armado no internacional, desde el 9 de enero del 2024.
El sustento del proyecto de Ley de extinción de dominio y contratación pública:
En el proyecto de Ley, el Ejecutivo utiliza estas cifras del OECO:
- En el 70% de causas por delincuencia organizada no se solicitaron medidas cautelares de bienes, retención de cuentas bancarias u otros mecanismos orientados a desmantelar las economías criminales en el Ecuador.
- De este 70%, en apenas uno de cada 10 casos se realiza el comiso de bienes producto de los ilícitos, generando una impunidad económica efectiva del 93% en causas por delincuencia organizada en el Ecuador.
- Entre 2015 y 2020, en Ecuador se emitieron tres sentencias condenatorias al año por lavado de
activos. - Esta cifra se redujo a una, entre 2020 y 2022. Los resultados, ubican al Ecuador
muy por debajo de países vecinos como Perú y Colombia con sentencias condenatorias
por sobre las 25 anuales y, que en los últimos dos años, el comiso impuesto en casos de
lavado de activos fue menor a un tercio del monto identificado como activos ilícitos.