La Fiscalía lo acusó de estafa y la justicia a más de la pena privativa de libertad le dispuso el pago de USD 85.000 al perjudicado.
Punto Noticias.- Héctor Manuel F. fue sentenciado a cinco años de prisión por estafa y a devolver USD 85.000 al perjudicado.
Durante la audiencia, la Fiscalía demostró que el ahora sentenciado ofrecía contratos de operaciones mineras sin los permisos legales ni licencia ambiental.
El fiscal de la Unidad de Patrimonio Ciudadano de Pichincha, Santiago Guzmán, presentó ante el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha las pruebas necesarias para demostrar la responsabilidad de Héctor Manuel F. Exposición que dejó sin sustento legal a la defensa del procesado.
Según la Fiscalía, el ciudadano perjudicado contrató con Héctor Manuel F., propietario de la compañía Tramacosa -por USD 85.000-, el derecho a explotar una parte de una mina de material pétreo, a título del ya sentenciado, cuya concesión data del 2008.
El inconveniente se generó al percatarse que no tenía permisos ni licencia ambiental para la extracción del material.
A pesar de esto, Héctor Manuel F., vendía contratos para que terceros, supuestamente, exploten una parte de la concesión que él obtuvo.
En el juicio se demostró que, los contratos establecidos con terceros no fueron registrados en la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARC) ni elevados a escritura pública, como ordena la Ley de Minería.
El fiscal indicó que nunca tuvo la posibilidad de explotar la mina de forma legal, por lo que también se dieron varios procedimientos administrativos de la Dirección de Control del Municipio, del Ministerio del Ambiente y de la Secretaría del Agua.
Todos los documentos recabados dieron cuenta que Héctor Manuel F. no tuvo licencia ambiental para explotar la mina y evitar los impactos al medioambiente, por lo que se demostró que al ciudadano perjudicado se le ocultó información, fue engañado e inducido a cometer el error de entregar dinero para trabajar una mina que no pudo explotar.
El artículo 186 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona el delito de estafa con una pena privativa de libertad de cinco a siete años.
Fuente: Fiscalía, redes sociales