Este cambio se debe a la renovación de la plataforma tecnológica del SRI y aplica para contribuyentes cuyo noveno dígito de su cédula de identidad sea 4
Este jueves 20 de febrero de 2020, a través de una resolución, el Servicio de Rentas Internas (SRI) modificó los plazos para la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de las retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta.
De esta manera, las personas que tengan el número cuatro en su noveno dígito de la cédula de identidad, deberán realizar la declaración hasta el martes 17 de marzo de este 2020.
Esta modificación se debe a la renovación de la plataforma tecnológica del SRI. Según esta institución, estos cambios mejorarán los servicios en línea y facilitarán el cumplimiento tributario. En caso de que los contribuyentes no realicen sus declaraciones deberán pagar una multa estimada en la norma tributaria.
Los plazos previstos para el resto de dígitos (el noveno en la cédula de identidad) se mantienen de la siguiente manera:
1- 10 de marzo
2- 12 de marzo
3- 16 de marzo
4- 17 de marzo
5- 18 de marzo
6- 20 de marzo
7- 23 de marzo
8- 24 de marzo
9- 26 de marzo
0- 30 de marzo
Modificamos el plazo para la declaración del #IVA y retenciones en la fuente del #ImpuestoALaRenta para los contribuyentes y agentes de retención, cuyo noveno dígito del RUC es 4.
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— SRI Ecuador (@SRIoficialEc) February 20, 2020
Fuente: SRI
BPE