A criterio de Arauz esta y otras leyes aprobadas por la Asamblea Nacional son perjudiciales para la población.
Punto Noticias: La tarde del sábado 03 de octubre de 2020, el candidato a la presidencia de la República por el progresismo, Andrés Arauz, anunció que ha presentado una demanda de inconstitucionalidad a la Ley para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas que aprobó la Asamblea Nacional el pasado 16 de mayo de 2020.
Las leyes económicas fueron aprobadas gracias al reparto que declaró Mendoza. Se viciaron procedimientos para aquello. Es inconstitucional.
He presentado la demanda de inconstitucionalidad de la ley de finanzas públicas. pic.twitter.com/g7TMC1fvD7
— Andrés Arauz (@ecuarauz) October 3, 2020
Arauz afirma que «las leyes económicas fueron aprobadas gracias al reparto que declaró Mendoza. Se viciaron procedimientos para aquello. Es inconstitucional», se refiere al hecho de cuando no tuvo los suficientes votos esta Ley para ser aprobada en el Legislativo, cambiaron a última hora posterior a la votación.
En ese contexto, el candidato Andrés Arauz mediante un comunicado evidencia algunos de los hechos e ilegalidades que justifican la Acción de Inconstitucionalidad que ha presentado ante la Corte Constitucional, «en defensa de los derechos de todos y para impedir que se haga un uso inadecuado de los recursos públicos del Estado, de espaldas a la voluntad de la mayoría de ecuatorianos»:
- De conformidad con el procedimiento parlamentario, una vez que se cierra el segundo debate en el Pleno de la Asamblea Nacional, lo único que corresponde hacer de conformidad con la ley es tomar votación. Sin embargo, la Asambleísta Ana Belén Marín, perteneciente al bloque gobiernista, introdujo textos al articulado después de cerrado el debate en el Pleno. Lo cual significa, que los asambleístas votaron por un proyecto de ley distinto al que debatieron.
- Por los datos disponibles, no hay constancia de que el entonces legislador Daniel Mendoza haya votado efectivamente a favor de la aprobación de la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas en el Pleno Virtual N2 42, desarrollado el 16 de mayo de 2020, debido a que las funciones de audio y video de la computadora del ex Asambleísta Mendoza estaban deshabilitadas, por lo cual no pudo verificarse su participación y actuación en la votación final del Pleno 1,12 42, como establece el reglamento para la realización de Plenos virtuales. Dicho de forma sencilla, cualquier persona pudo haber realizado la votación que se le atribuye al ex Asambleísta Mendoza, pues nunca se pudo verificar si realmente fue él quien estuvo usando la curul virtual en el momento de realizar la votación para aprobar la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas.
- Además de las razones que tienen que ver estrictamente con el procedimiento parlamentario, es preciso que la Corte Constitucional tenga en consideración las recientes declaraciones formuladas por el ex Asambleísta Daniel Mendoza en el marco del proceso penal que se sigue en su contra, respecto del otorgamiento de beneficios ilegítimos que, supuestamente, habría realizado el Ejecutivo a través del Ministerio de Gobierno a algunos de los y las Asambleístas que votaban favorablemente en los proyectos de ley propuestos por integrantes del bloque legislativo de gobierno o presentados directamente por el Presidente de la República, como es el caso de la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas.
Arauz concluye su comunicado manifestando que «la Corte Constitucional tiene una inmejorable oportunidad de devolvernos la seguridad jurídica procesando la acción de inconstitucionalidad presentada y declarando la inconstitucionalidad de la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas por los vicios insalvables en el proceso de su aprobación en el Legislativo».
EN CONTEXTO
La ley para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas incluye aspectos relacionados con relación al manejo fiscal: la autonomía presupuestaria, un seguro de cobertura petrolero y minero que protegería al país si los precios del crudo y de los metales caen por debajo de cierto umbral, y la creación de un Fondo de Estabilización. La nueva Ley también fija límites para modificar el Presupuesto General del Estado.
Ley de Apoyo Humanitario
Arauz con anterioridad afirmó que también está presentando un amicus curiae sobre la inconstitucionalidad de la “Ley de Apoyo Humanitario” que también fue aprobada por el Legislativo..
“Esa Ley fue aprobada con votos cuestionables provenientes de personas que están involucradas en las denuncias sobre el reparto de hospitales, instituciones públicas, (…) por ello creo que allí hay serios visos de ilegalidad e ilegitimidad..” afirmó el candidato en una entrevista radial. (C.D.A.)