Aleaga afirma que Villavicencio publicó en Twitter información de una investigación previa en curso de la Fiscalía, lo que pone en riesgo el debido proceso.
Punto Noticias.- El asambleísta Ronny Aleaga presentó una denuncia contra el legislador Fernando Villavicencio. La acusación la formalizó en la Fiscalía, la tarde del martes 11 de abril, después de que Villavicencio publicara supuesta información de circulación restringida.
Aleaga indicó que Villavicencio escribió en su Twitter: “A casi dos años de presentada la denuncia por parte de Pilar Ferri (exgerenta de Flopec del gobierno de Guillermo Lasso), por un presunto peculado en contra de las autoridades del gobierno de Lenín Moreno, la Fiscalía llama a declarar a Jhonny Estupiñán, Mireya Pazmiño, entre otros”.
En el mensaje adjuntó dos fotos del impulso fiscal, con el que se disponen diligencias, como la toma de versiones libres y voluntarias de diez personas, los días 14, 17 y 18 de abril de 2023. Ante ello, Aleaga sostuvo que de acuerdo a lo previsto en el artículo 180, numeral dos, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), se prohíbe difundir información producida por la Fiscalía, en el marco de una investigación previa.
Así explicó que por la naturaleza de la difusión, “que hasta el momento de mi revisión alcanzó más de 5 000 visualizaciones”, se estaría “poniendo en riesgo” el debido proceso de una acción penal y se propiciaría la “vulneración de las normas ecuatorianas”.
En la denuncia, Aleaga pide a la Fiscalía que tome las acciones necesarias para que no se elimine la publicación que hizo Villavicencio en Twitter. Sin embargo, a las 16:00 de este miércoles, el tuit mencionado no aparecía en la red social. Solo hay dos retuits que hace Villavicencio a una nota periodística que habla del tema, donde hace mofa. “La delincuencia ataca”, mencionó en uno de los posts.
COIP
El asambleísta Aleaga además mencionó en su cuenta de Twitter que la inmunidad parlamentaria es una protección legal que se concede como parte de la investidura de un asambleísta. “No es un privilegio sino una responsabilidad, por eso no es posible que el abuso de ésta sea una flagrante transgresión a la Constitución y la Ley”.
Agregó que el COIP establece, en su artículo 180, que la difusión de información con prohibición legal y más investigaciones fiscales en curso constituyen un delito. Así dijo que no es ético escudarse bajo el “periodismo de investigación” para “manipular la información”.
“La persona que difunda información de circulación restringida será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”, indica el COIP. Y añade que parte de la información es la “producida por la Fiscalía en el marco de una investigación previa”.
Este nuevo enfrentamiento entre los dos legisladores se da mientras, en la Asamblea Nacional, se revisan pruebas y se receptan comparecencias por el juicio político contra el presidente Guillermo Lasso.