La causa servirá para el desarrollo de jurisprudencia y elaboración de estándares de un adecuado manejo de una crisis sanitaria.
Punto Noticias.- La Corte Constitucional seleccionó el caso No. 2048-21-JP para el desarrollo de jurisprudencia por propiciar el derecho a la verdad y la memoria en el contexto de un hecho histórico como la pandemia por la Covid-19.
La institución dijo que con este caso se pueden desarrollar estándares para el adecuado manejo de una crisis sanitaria frente a la necesidad de garantizar el derecho a una adecuada atención con dignidad.
El 18 de mayo de 2020, la Defensoría del Pueblo presentó una acción de protección, a favor de los familiares de 35 personas fallecidas en Guayaquil por causas asociadas a la Covid-19, en contra del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, del Ministerio de Salud Pública, del Hospital General Guasmo Sur, del Hospital General Norte Guayaquil Los Ceibos, del Hospital Teodoro Maldonado Carbo, de la Policía Nacional, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de Gobierno y de la Gobernación de Guayas.
La Defensoría alegó que, los familiares de las personas fallecidas señalaron que recibieron malos tratos en el sistema de salud mientras estaban con vida, y que, al fallecer, algunas fueron colocadas en bodegas sin identificación o no tuvieron una adecuada disposición.
Además, dio a conocer que varios cuerpos estaban desaparecidos a pesar de las jornadas de búsqueda en los anfiteatros, cementerios y fosas comunes.
Como parte de la acción de protección, la Defensoría también reportó casos de personas que fallecieron en sus domicilios y cuyos cadáveres no fueron retirados por las autoridades competentes, por lo que sus familiares tuvieron que compartir el espacio con los cuerpos en estado de descomposición, o dejarlos en las veredas.
Para la Defensoría hubo una clara vulneración de los derechos a una muerte en condiciones dignas y a la disposición de los cuerpos para los ritos funerarios.
El 07 de julio de 2020, la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil aceptó la acción de protección y el 01 de septiembre de ese mismo año, la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Guayas ratificó la decisión en vista de que, el trato que recibieron tanto las personas fallecidas, mientras fueron atendidas en el sistema público de salud, así como sus familiares no fue compatible con la dignidad humana.
El 02 de julio de 2021, la Defensoría solicitó a la Corte Constitucional la selección de la acción de protección y un mes después ingresó a trámite.
De acuerdo con cifras sobre la Covid-19, esta habría ocasionado la muerte de 35.543 personas en esa época.
Sobre la selección de este caso para la jurisprudencia, la Corte Constitucional notificó con el auto a las partes intervinientes en la acción de protección, a la Defensoría del Pueblo y a las judicaturas que dieron origen al caso.