El trámite de las reformas al Código de la Niñez y Adolescencia está en manos de una comisión ocasional.
Punto Noticias. Los integrantes de la Comisión Ocasional encargada de temas y normas de la niñez, entre las reformas al Código de la Niñez y Adolescencia plantean incluir que el pago de la pensión alimenticia sea solo en efectivo, no en especies.
El objetivo, según los parlamentarios, es asegurar el adecuado y oportuno proceso de recaudación y pago de pensiones alimenticias, para garantizar el pleno goce de este derecho a favor de los niños, niñas y adolescentes.
Si el pago se realiza en efectivo y no en especies, por parte del obligado, se vela por el interés superior del niño, tomando en cuenta la tabla donde se establecen los montos a ser cancelados en los primeros cinco días de cada mes, a entender de los comisionados.
Durante el debate de esta propuesta, los parlamentarios señalaron que, según datos estadísticos, a nivel del país, más del 80% de personas obligadas a pagar pensiones alimenticias entregan menos de 200 dólares, razón por la cual consideraron que la madre o quien esté a cargo del niño no tenga que justificar con recibo los gastos del menor.
El Código debe clarificar y garantizar el régimen de protección económica de este grupo de atención prioritaria, advirtieron.
Estuvieron de acuerdo en la necesidad de incluir un artículo sobre voluntariedad de mejoras, que son valores o beneficios adicionales, que el padre o madre a cargo del niño o adolescente puede hacerlo para, por ejemplo, pagar estudios, atención en salud, sin que esté vinculado con el tema de pensiones alimenticias que por ley tiene que cumplir.
Las notificaciones de las providencias judiciales, que se lo debe hacer dentro de las 24 horas siguientes y la contestación de la demanda que se lo hará en los 10 días y máximo 20 días siguientes, también fueron temas analizados.
Otra reforma planteada tiene que ver con el ocultamiento de ingresos económicos. Se especificó que el juez enviará copia del expediente a la Fiscalía, para las investigaciones correspondientes. Los parlamentarios creen que el Servicio de Rentas Internas y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social podrían ayudar para determinar cuáles son los ingresos reales, para poder determinar el monto de la pensión a pagar, aspecto que se lo podría tomar en cuenta en la fase probatoria del juicio.
La mesa legislativa examinó el derecho de la mujer embarazada al régimen de protección económica y durante la etapa de lactancia, que va de la mano con el derecho del niño a ser atendido desde su gestación.
En caso de que uno de los padres no quiera reconocer al menor, en la normativa se establecerán las directrices para la prueba del ADN y mediante sentencia declarar la filiación y correspondiente paternidad o maternidad, para su inscripción en el Registro Civil del cantón en el que se encuentre domiciliado el niño o adolescente.
Si por falta de recursos no se puede realizar la prueba de ADN, se plantea que el juez, a través de una investigación, podrá determinar la carencia de dinero, en cuyo caso, ordenará al ente rector de Salud Pública el examen correspondiente.
La Comisión elaborará un proyecto de resolución para que sea conocido en el Pleno de la Asamblea Nacional, en el cual se pide información sobre datos estadísticos de cuántos niños y adolescentes están fuera del país y que por situación del Covid-19 no han podido regresar al país.