Los beneficios que otorgó la Ley de Apoyo Humanitario terminaron, pero la Junta Monetaria concedió un plazo para que los deudores paguen sus préstamos antes de caer en Central de Riesgo.
Punto Noticias.- Desde el 13 de noviembre, los clientes de las entidades financieras que refinanciaron sus créditos a causa de la pandemia deberán pagar los intereses por mora y gastos de cobranza.
La medida se da una vez que el 12 de noviembre se terminaron los beneficios planteados en la Ley de Apoyo Humanitario.
Hasta esa fecha no se cobró el interés por mora en el diferimiento extraordinario o reprogramación de préstamos, por lo que se evitaba el deterioro de la calificación crediticia.
En contraparte, la Junta de Regulación y Política Monetaria y Financiera aprobó una nueva resolución para extender el plazo del vencimiento para el pago de los créditos: de 15 a 60 días. Es decir, los clientes tienen 45 días adicionales para pagar sus préstamos de consumo, comerciales, productivos e hipotecarios. Esta medida regirá hasta junio de 2021.
Marcos López, miembro de la Junta de Regulación Monetaria y Financiera, consideró que esta medida le da un respiro al deudor porque en este momento la persona natural, al día 16 que no paga, es reportada a la Central de Riesgo y su calificación sufre una variación.
Según Julio José Prado, presidente ejecutivo de la Asociación de Bancos del Ecuador (Asobanca), si el cliente no paga durante esos 60 días, su calificación crediticia no es afectada; pero desde el día 61 en adelante la situación cambia.
La extensión del vencimiento de hasta 60 días para el pago de deudas se aplica en todo el sistema financiero privado (24 bancos, 539 cooperativas de ahorro y crédito y 4 mutualistas).
Fuente: Asobanca, Junta de Regulación Monetaria, Ecuavisa, redes sociales