Punto Noticias.- La legislatura se debate en la encrucijada de si inicia una autodepuración rápida de los legisladores que realizaron cobros indebidos a sus colaboradores o espera el debido proceso en la administración de justicia.
Hay parlamentarios que sostienen que no se puede emprender en una autodepuración, porque no hay norma que sustente esta acción y porque, además, se podrían cometer errores y juzgar a inocentes.
Por ello, prefieren que sea la justicia la que determine responsabilidades y sancione. La presidenta de la legislatura Elizabeth Cabezas, es partidaria de este planteamiento.
Mientras tanto, el asambleísta Luis Fernando Torres, integrante del CAL, considera que la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL), en los artículos 163 y 164 señala los caminos para sancionar a los parlamentarios que incurran en la prohibición de percibir dietas u otros ingresos de fondos públicos, que no sean los correspondientes a su función de asambleístas.
Torres considera que es el caso de los cobros ilegales de los denominados diezmos.
Para la legisladora Lourdes Cuesta, de CREO, de aplicarse los señalados artículos de la LOFL, la sanción sería puramente administrativa. A su criterio, los cobros indebidos están tipificados en el COIP (artículo 281) como delito de concusión, que tiene una sanción con pena privativa de libertad de tres a cinco años.
El debate continuará.