La propuesta no cumplió con la disposición constitucional de referirse a una sola materia, fundamenta la Legislatura.
Punto Noticias. La Asamblea Nacional notificó al presidente de la República, Guillermo Lasso, con la resolución del Consejo de Administración Legislativa (CAL) de no calificar el proyecto de ley de Creación de Oportunidades, remitido como urgente.
A través del oficio AN-SG-2021-0819-O, con fecha viernes 01 de octubre de 2021, la Legislatura aclara que la resolución del CAL se adoptó en el plazo que estipula la Constitución, en su artículo 140; es decir, dentro de los 30 días de plazo que tenía para tramitar el proyecto, a partir de su recepción.
En la carta, el Legislativo sustenta que el artículo 136 de la Carta Magna determina que los proyectos de ley deberán referirse a una sola materia y serán presentados a la Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional con la suficiente exposición de motivos, el articulado que se proponga y la expresión clara de los artículos que con la nueva ley se derogarían o se reformarían. Si el proyecto no reúne estos requisitos no se tramitará.
Cita que el artículo 56 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, en lo referente a la calificación del proyecto, determina que el Consejo de Administración Legislativa calificará los proyectos y verificará que cumplan con los requisitos. Estableciendo, además, en su sexto inciso que, si el proyecto de ley no cumple con los requisitos, contiene vicios de inconstitucionalidad o inobserva los criterios detallados para la calificación, no será calificado y será devuelto, sin perjuicio de que pueda ser presentado nuevamente, subsanadas las razones que motivaron su no calificación.
En lo relacionado con los proyectos de ley calificados por la Presidenta o el Presidente de la República como urgentes en materia económica, dispone que estos se referirán a aspectos sustantivos de la política económica, cuyo trámite expedito es necesario para garantizar el equilibrio de las finanzas públicas o para enfrentar una situación económica adversa. Estableciendo que el Consejo de Administración Legislativa no calificará proyectos de ley que reformen diversas leyes que no se refieran a una sola materia, destaca el oficio de la Legislatura.
El Parlamento Nacional sostiene que el CAL, para tomar su resolución, acogió la recomendación del Informe de la Unidad de Técnica Legislativa No. 0123-INV-UTL-AN-2021, de 28 de septiembre de 2021, de devolver al presidente Lasso el “PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE CREACIÓN DE OPORTUNIDADES, DESARROLLO ECONÓMICO Y SOSTENIBILIDAD FISCAL”, con calificación de urgente en materia económica, y solicitar la subsanación de las observaciones identificadas, a fin de que sea presentado nuevamente, de conformidad a lo dispuesto en el sexto inciso del artículo 56 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa y en consideración a las razones que motivan la presente Resolución, así como al contenido y recomendación del Informe de la Unidad de Técnica Legislativa.
🔴#ATENCIÓN | El Consejo de Administración Legislativa (CAL) notificó a @LassoGuillermo, presidente de la República, con la resolución de no calificación del proyecto urgente de Ley de Creación de Oportunidades. pic.twitter.com/JrskmnBD1m
— Radio Pichincha (@radio_pichincha) October 2, 2021