Punto Noticias.- Santiago Andrade es director nacional de recaudación y gestión de cartera del IESS. En nuestros estudios dio alcances la Ley de Fomento Productivo. La referida ley tiene un acápite referida a la reducción de intereses por multas y recargo por mora patronal al IESS.
¿Cómo funciona esto? Las obligaciones que hayan sido notificadas hasta el 02 de abril del presente año serán las beneficiarias de esta reducción. Luego, el empleador deberá pagar el principal del capital.
Una obligación tiene por concepto una participación de capital, interés o puede existir multas o recargos. En ese sentido, solo pagando el capital podré reducir hasta el 99% en una primera etapa que durará 90 días. Desde el 21 de agosto al 18 de noviembre. Desde el 19 de noviembre hasta el 17 de enero, que se refiere a 60 días, tenemos el 75% de beneficio. Y, desde el 18 de enero al 16 de febrero (un mes), tendríamos hasta el 50% de reducción. Repito: tan solo cancelando el total del capital podría beneficiarme en ese sentido.
Por otra parte, Andrade añadió que la Ley contempla un beneficio de 202 mil empleadores, “que automáticamente se ven beneficiarios de esta reducción”. Al pagar ellos, se habilita a más de 326 mil afiliados que pueden tener acceso a prestaciones financieras.
El IESS tiene más de 400 mil empleadores que tienen deudas con el IESS. Andrade, seguidamente, dijo que mucho se ha dicho que la ley beneficia a los empleadores de las grandes empresas.
Les daré un dato interesante. De estas obligaciones que están siendo susceptibles para la reducción, tenemos que seis de cada diez obligaciones pertenecen a empresas unipersonales o pequeñas y microempresas. Es decir, el 56.3% de la cartera, susceptible de reducción, pertenecen a aquellos. 20.7% pertenecen a la mediana y gran empresa. De esto tenemos que el 5.5%, empleadores domésticos. 4.3%, artesanos y el resto, 13.2%, son del RISE, construcción, entre otros.
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