Caballos o perros están en primera línea, junto a sus guías o jinetes policiales, en los enfrentamientos con la policía y manifestantes.
Punto Noticias. Usados como objetos o escudos, perros y caballos son expuestos por la Policía Nacional en circunstancias violentas en las que sus vidas están en riesgo. La Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza, en la que se prohíbe la participación de estos animales en protestas.
Organizaciones animalistas consideran que es una tortura el veto del Presidente a esta ley, quien insiste en el uso de animales por la fuerza pública en las movilizaciones.
Caballos o perros están en primera línea, junto a sus guías o jinetes policiales, en los enfrentamientos con la policía y manifestantes. Pasó en el paro de octubre de 2019 y en junio de este año, así como en otras manifestaciones en las que la Policía Nacional considera necesario utilizarlos como métodos disuasivos.
Al estar de manera directa en el conflicto, pueden ser víctimas de los objetos que son lanzados por los manifestantes, el gas lacrimógeno que esparce la Policía Nacional, cortarse con algún objeto en el suelo, sufrir caídas –en el caso de los caballos-, entre otros riesgos que atentan contra su vida.
Maritza Rubiales, del Movimiento Animalista Nacional (MAN), mira con enorme preocupación la regresión de derechos de los animales, con el veto del Presidente Guillermo Lasso.
“Ya se ha visto ataques a caballos porque la policía bota los caballos a los manifestantes, en su defensa, lanzan cosas y los afectados son los animales que están como escudos”, señaló.
Considera que el Mandatario vulnera el derecho a la vida y, con su veto, pone nuevamente en riesgo la vida del animal, al ser expuesto en las manifestaciones. “Vulnera la vida digna y respetuosa y que no esté sujeta a miedos, angustia y o estrés, es un derecho básico de cualquier ser vivo”, agregó.
🔴#ATENCIÓN | A esta hora, manifestantes se concentran en el parque El Arbolito, en #Quito, como parte del tercer día de movilización. Existe contingente policial desplegado al rededor del parque.⬇️ pic.twitter.com/AUUPXx9dtw
— Radio Pichincha (@radio_pichincha) June 15, 2022
¿Qué dice la Ley que aprobó la Asamblea?
En su artículo 44, la Ley de Uso Legítimo de la Fuerza prohíbe de manera expresa, el uso de la fuerza con animales de adiestramiento humano para el restablecimiento del orden público e intervención y control en ocupaciones arbitrarias, en aquellos casos en que pueda verse vulnerado su bienestar.
Explican que se entenderá por bienestar animal aquel estado de salud emocional y físico del animal que le permita estar en armonía con su entorno, preservando sus funciones corporales, que su comportamiento no sea alterado y evitando el sufrimiento innecesario.
¿Qué dice el veto del Presidente?
El Mandatario, en objeción a este artículo, señala que debe reformarse “para dar margen de maniobra adecuada a la fuerza pública”. Rechaza la propuesta de la Asamblea y plantea que la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y del Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria podrán hacer uso de animales siempre que cuenten con el debido adiestramiento para la finalidad requerida y cuenten con el equipo de protección necesario para salvaguardar su bienestar.
Cuestionamientos al veto presidencial
Rubiales criticó que el Presidente mantiene una postura de tratar a los animales como cosas, objetos. “Utilizarlo como un arma en manifestación; es decir ¿es una cosa?”, reprochó.
Sobre la condición del Mandatario de que deben ser adiestrados para la finalidad requerida, Rubiales dijo que no existe ningún entrenamiento para que los perros o caballos estén expuestos varios días –como en octubre de 2019 y en junio de 2022- al gas lacrimógeno, al humo, a las explosiones, a los golpes con objetos como piedras, petardos, palos. Si así fuera, alertó, sería una gravísima vulneración de derechos.
Camilo Ramírez, presidente de Acción Animal EC, explicó que tanto caballos como perros tienen sus sentidos más desarrollados, como el olfato o la audición, por lo que las afectaciones son más graves que las causadas en un humano. En las protestas los policías guías o jinetes utilizan máscaras para evitar las afectaciones del gas lacrimógeno que persiste en los espacios por varios minutos después de ser lanzados. Sin embargo, los perros o caballos no cuentan con una máscara especial para no respirar dicho gas. “Eso ya es maltrato”, aclaró Ramírez.
Shady Heredia, de Protección Animal Ecuador (PAE), enfatizó que las instituciones que utilizan animales en estos contextos no cuentan con el equipo de protección necesario.
“No podemos envolver en una burbuja a un animal, no se le puede poner una armadura total y partes de su cuerpo siempre estarán expuestas. No existe equipo que pueda asegurar ni garantizar su bienestar en situaciones de violencia como las protestas”, aclaró.
El Presidente emite su veto, reclaman los tres activistas, incluso en contra de lo que dictamina el ordenamiento jurídico con respecto al bienestar animal. Citan, por ejemplo, la sentencia 253-20-JH de la Corte Constitucional, de enero de 2022, en la que reconocen a los animales como sujetos de derecho.
“La lucha ha sido para que dejen de ser utilizados como armas y objetos. El Presidente estaría vulnerando los derechos porque los seres humanos llevan a los animales de forma consiente y voluntaria a un espacio en el que saben pueden resultar heridos y sus derechos pueden ser vulnerados”, reprochó Heredia.
Con las leyes, agregó, se busca que las personas responsables de los animales eviten exponerlas a situaciones en las que su vida está en riesgo. En este caso, dijo, que los policías eviten exponerlos a protestas violentas.
Ramírez coincide con Heredia sobre la responsabilidad de las instituciones con los animales de adiestramiento. “Como responsable del animal, exponerlo a ese tipo de maltrato, debo asumir todo lo que le suceda al animal y debo pagar la sanción que se determine. No lo puedo exponer a ese tipo de manifestaciones y peligro”, precisó.
Además, lamentó que no han visto ninguna acción de parte del Gobierno en defensa de los animales, por lo que no es una sorpresa el veto presidencial sobre este tema. “Si por los humanos no hay un respeto por los derechos, por los animales peor”, reclamó.
“En manifestaciones, es desesperante la reacción de compañeros en primera línea, no me imagino a los animales en ese contexto”, lamentó Rubiales, al mencionar las afectaciones de salud de los canes y equinos.
Como ejemplo, relató la historia de “el negrito mata pacos”. Un perro que estuvo del lado de los manifestantes en las jornadas de protestas de Chile en 2019. Rubiales dijo que el perro recibió mucho gas lacrimógeno y falleció por afectaciones pulmonares y cardíacas.
Sobre afectaciones a la salud, Shady Heredia agrega que los caballos, por ejemplo, “son animales herbívoros presa, que significa que en una situación en las que hay humo o explosiones su instinto es huir, pero en estas manifestaciones no lo pueden hacer y el guía los obliga a mantenerse en una misma posición”.
En Perú se aprobó una Ley que prohíbe el uso de animales en protestas por la muerte de una yegua porque explotó una bomba cerca de su cuerpo. “En otros países (los animales) han tenido las mismas lesiones por objetos lanzados a su cuerpo”, detalló.
🔴#ATENCIÓN | Elementos de la @PoliciaEcuador se encuentra en los alrededores del parque El Arbolito, previo al inicio de movilizaciones convocadas por sectores sociales, en el centro de #Quito. pic.twitter.com/9oHJetqdzy
— Radio Pichincha (@radio_pichincha) June 16, 2022
Centro Regional de Adiestramiento Canino
El 18 de diciembre de 1988 la Policía Nacional creó el Centro Regional de Adiestramiento Canino (CRAC), iniciando sus primeras operaciones en el exaeropuerto Internacional Mariscal Sucre, en Quito, en operativos de detección de drogas. Desde entonces, este espacio, que forma parte de la Unidad Nacional Antinarcóticos, ha tenido cientos de canes y ha diversificado sus operaciones en cuatro categorías: Escuadra de canes de relaciones públicas y show; Escuadra de canes detectores de drogas; Escuadra de búsqueda de restos cadavéricos y óseos; Canoterapia; y la Escuadra del control del orden público.
Sobre este último, la CRAC detalla, en su página web, que son perros adiestrados, seleccionados cuidadosamente. “Se les entrena tanto en obediencia básica, como en ataque. También deben ser perros seguros, que no se asusten, ni se distraigan por estar rodeados de personas extrañas, por ruidos fuertes de la ciudad o por los disparos de armas de fuego”.
La misma entidad dice: “Cada uno de estos canes se convierten en una arma temible y feroz, por lo que son asignados a una persona que estará siempre a su cargo”.
Vacíos legales en la protección de animales de fauna urbana
Para Rubiales, Ramírez y Heredia, la defensa de los animales en Ecuador se sostiene por el trabajo de las organizaciones de la sociedad civil porque no existe una entidad que tutele los derechos de los animales, hay vacíos legales y ambigüedades sobre quién recae la responsabilidad o la sanción en estos casos.
¿Es la policía la responsable si un perro o caballo es herido en protestas? Para Ramírez, sí. La policía debería asumir las sanciones por el maltrato animal, al exponerlo a estas situaciones de clara violencia. Esto, según el Código Orgánico de Ambiente (COA), que establece el manejo responsable de la fauna urbana, que tiene como objetivo “fomentar un trato adecuado para evitarles sufrimientos innecesarios”.
“Hay muchos elementos para reemplazar a los animales. Varios animales pueden salir heridos y solo la Policía sabe cuántos son afectados, pero no lo dicen. Un volador o una piedra le pudo caer a un perro, a un caballo”, aclaró Ramírez, al precisar que la responsabilidad sería de la persona que ordena que caballos y perros estén en las protestas.
“El General de la Policía es el encargado de todos –policía y animales policiales- y si él está dando la orden para que vayan a las protestas, él es el responsable”. Pero legalmente, dijo, hay vacíos sobre esa responsabilidad.
El artículo 54 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) establece, entre las funciones de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, la regulación del manejo responsable de la fauna urbana.
Ramírez se pregunta si un Municipio, el de Quito, por ejemplo, puede pedirle cuentas a la Policía Nacional sobre el bienestar de sus animales en el marco de una protesta. “Revisar cuántos perros salieron, si todos están bien y si hay alguno herido, que se hagan responsables. Pero es complicado que una Agencia de Regulación Municipal, por ejemplo, quiera ejercer control sobre un ente nacional. Son algunos vacíos legales que deberían corregirse”, insistió.
Según el artículo 249 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) la persona que lesione a un animal que forma parte del ámbito de la fauna urbana, causándole un daño permanente, será sancionada con pena privativa de libertad de dos a seis meses.
Rubiales también señala que los GAD “no se van a meter a controlar a la Policía”. Dijo que debe ser el Gobierno quien debería asumir esa tutela de derechos de los animales.
La sentencia de la Corte Constitucional, como medida de reparación, dispone a la Defensoría del Pueblo, junto a las organizaciones, que elabore un proyecto de ley sobre los derechos de los animales.
Protección Animal Ecuador, dijo Heredia, propuso la creación de una entidad que se encargue exclusivamente de los derechos de los animales, ante los vacíos legales y la falta de coordinación entre gobiernos locales y Nacional.
La Asamblea Nacional, dice la sentencia, tendrá hasta dos años para debatir y aprobar esta Ley. El dictamen constitucional se emitió el 27 de enero de 2022. Es decir, le quedan ocho días a la Defensoría del Pueblo para entregar esta normativa a la Asamblea.
La Comisión de Seguridad de la Asamblea inició el pasado 10 de julio el tratamiento de la objeción presidencial. La Mesa Legislativa tiene hasta mediados de agosto para emitir un informe en el que recomiende allanarse a las objeciones del Presidente o ratificarse en el texto aprobado por el Pleno.