La nueva modalidad de cuarentena llamada “confinamiento por localidades” alcanza a varios sectores tanto públicos como privados.
Punto Noticias.- Este confinamiento por localidades clasifica en orden de importancia según las actividades que realizan, están señaladas en 18 esquemas básicos, que entró en vigencia este 13 de julio de 2020. Algunos sectores no pueden suspenderse durante la pandemia en Bogotá, se incluyen servicios de emergencia en salud, alimentación, abastecimiento y distribución de productos en línea, comunicaciones y servicios públicos indispensables para la población.
La ciudad de Bogotá en Colombia, este lunes 13 de julio, entró en una nueva modalidad de cuarentena llamada “confinamiento por localidades”. Las cuales se encuentran señaladas en 18 esquemas básicos, debido a la competencia extraordinaria concedida por el Gobierno nacional a alcaldes y gobernadores en la toma de decisiones ante la emergencia del nuevo coronavirus.
Claudia López, alcaldesa de la capital colombiana, señaló una nueva medida de cuarentena estricta y obligatoria sectorizada, para controlar los efectos de la pandemia y evitar el crecimiento de contagios. Tomando en cuenta que las Unidades de Cuidados Intensivos sobrepasan el 80 % de ocupación. En este periodo restrictivo se pueden movilizar las personas y vehículos necesarios según las siguientes actividades.
Entre los principales son los de primera línea aquellos que se encuentran en atención de emergencias médicas; abastecimiento y distribución de combustible; servicios de salud indispensables; la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de productos, bienes e insumos de primera necesidad; abastecimiento del comercio electrónico; comercialización de locales gastronómicos.
Dentro de los grupos de trabajo que se complementan en la emergencia sanitaria también se encuentran los servicios indispensables de operación, mantenimiento, soporte y emergencias de servicios públicos domiciliarios; servicios bancarios, financieros, notariales y de registro; servicios funerarios.
También, se podrán movilizar servidores públicos, contratistas estatales, organismos de seguridad y de emergencia; programas sociales indispensables para la comunidad; personal indispensable para el funcionamiento de los medios de comunicación; personal indispensable para la atención de animales confinados o en tratamiento especializado; personal de obras civiles públicas autorizadas que se desarrollen en la localidad; personal de mantenimiento para procesos indispensables.
Además, aquellos grupos de sectores vinculados en actividades de la industria hotelera relacionadas con mitigar el virus; el personal de las misiones diplomáticas y consulares; servicio de transporte público.
Fuente: El Tiempo