Punto Noticias.- El abogado constitucionalista, Ismael Quintana, conversó sobre la elección del CPCCS. Él dijo que cuando uno conversa con sus amigos o familiares, sobre el tema, surgen tres cosas.
Estas son: 1) ¿Qué es el CPCCS?, 2) ¿Quiénes son los 43 candidatos, y 3) Esos candidatos, ¿qué proponen? En ese sentido, Quintana recordó que el Estado debe promover el debate entre los candidatos y la difusión de las propuestas programáticas. El abogado se preguntó ¿han ocurrido esas dos condiciones constitucionales para asegurar voto libre e informado del elector? Él dijo: a mi juicio, no. Es más, agregó, que el CNE no ha dispuesto el espacio comunicacional donde se pueda escuchar un intercambio de ideas entre los candidatos al CPCCS.
Quintana, además, cuestionó el hecho de que estos candidatos ofrecen cosas que no son de su competencia. Por ejemplo: revocar el mandato de autoridades de elección popular, oponerse a las privatizaciones, traer los dineros malhabidos, auditar o anular lo hecho por el CPCCS Transitorio.
Sobre este último punto, el abogado enfatizó:
Este nuevo Consejo, por más que sea de escasa legitimidad popular, no va a poder ejercer unas facultades extraordinarias que la ciudadanía le confirió solo al CPCCS Transitorio (…) Eso le confirió la ciudadanía, el titular del poder constituyente, a este órgano (CPCCS-T)
El entrevistado insistió que el Estado no garantizó información suficiente al ciudadano sobre estos candidatos. Él considera que eso es una «inconstitucionalidad por omisión». En otras palabras: el CNE, por inacción, ha incumplido un mandato constitucional.
Y esa fue la demanda que se interpuso, recordó Quintana: se le pidió a la Corte Constitucional que suspenda la elección. «Se ha pedido que esto se pare (la elección del CPCCS) hasta que el CNE corrija estas omisiones». Además, se pidió que se condicione esta elección, a una consulta popular. Es decir, preguntarle al ciudadano si es o no viable un CPCCS. O, si al menos se debe eliminar, dentro del ámbito de sus competencias, la nominación de autoridades de control.
Le preguntamos, ¿este nuevo CPCCS puede echar abajo todo lo actuado por el CPCCS-T? Quintana dijo dos cosas:
- El Consejo electo, aunque sea con escasa votación popular, no van a poder ejercer facultades extraordinarias.
- Pero, existe un riesgo latente y evidente, de que el nuevo Consejo va a generar una suerte de desestabilización y desinstitucionalización en Ecuador.
¿Qué implica este anuncio de anular lo actuado por el CPCCS-T? Se preguntó Quintana. Seguidamente, respondió: «Indiscutiblemente, dejar sin efecto todos los nombramientos». Es decir, el abogado se refiere a las autoridades como la Corte Constitucional, Contraloría, Fiscalía, entre otros.
Esto sería posible cuando el CPCCS emita una resolución en mayoría (4 de 7 de sus miembros). Él se preguntó, ¿quién debe anular ese acto administrativo, eventualmente irregular? En ese caso sería la Corte Constitucional, pero dicha Corte fue electa por el CPCCS. Entonces, razona Quintana, la Corte no puede ser juez y parte. Es ahí cuando, volvió a preguntarse, ¿quién deja sin efecto ese acto violatorio de la constitución?
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