Además el pago RIMPE para negocios populares se mantiene en 2023 y luego se elimina.
Pablo Villegas, presidente del Instituto Ecuatoriano de Derecho Tributario, aclaró que la sentencia de la Corte Constitucional no topa el pago del impuesto a la renta o las deducciones, por lo que las personas naturales que ganen por encima de USD 24.000 anuales o USD 2.000 mensuales, seguirán cancelando los tributos como lo establecen las reformas aprobadas a final de 2021.
“El pago del impuesto a la renta no cambia sobre las personas naturales, antes se podía restar lo que se pagaba en salud, alimentación, vivienda y vestimenta, ahora no”.
Explicó que la Corte dio de baja a las normas que afectan a la Ley Orgánica de Galápagos y la de Hidrocarburos porque no tienen relación con el objetivo de la Ley de Desarrollo Económico
Sobre el impuesto a las herencias se determina que los hijos no pueden exonerarse del pago, ni tener trato preferencial.
“Sin embargo los hijos que obtuvieron herencias desde noviembre que se aprobó la ley hasta cuando se publique en el registro oficial, sí estarían exentos del impuesto”.
Asimismo se indica que la Fiscalía no puede dejar de investigar a quienes regularicen sus activos en el exterior, como se pretendía en la norma.
De otro lado, aunque elimina el pago del RIMPE para negocios populares, se aclara que aquello se hará vigente en 2024 para no afectar la seguridad jurídica del país.
“A pesar de que sabemos que es inconstitucional lo mantienen por seguridad jurídica e interés general”.
Puntualizó que esta sentencia se hará efectiva una vez que se publique en el Registro Oficial.