Tercera Emisión Punto Noticias – Verónica Montufar, representante de la Internacional de Servidores Públicos en Ecuador, manifestó que “la situación a mayo del 2017, el momento en que asume Lenín Moreno, hubo un retroceso de casi 30 años (en los derechos) a las trabajadoras y trabajadores del sector público”.
Montufar señala que a partir del 2008 hubo una serie de reformas en el ámbito laboral que restringieron derechos adquiridos. Por ejemplo, el Mandato 8 significó la revisión unilateral de los contratos colectivos en el sector público, dijo la entrevistada. Por otra parte, la nueva Ley del Servicio Público plantea que los comités de servidores públicos deben constituirse con el 50% de los trabajadores de la institución, dijo Montufar. Anteriormente, estos comités se podían constituir con un número menor.
“Es una limitación que va a terminar en que no haya estos comités de servidores públicos. No obstante el gobierno ha registrado jurídicamente varias organizaciones y las mayores organizaciones que ha registrado en el sector público, son asociaciones de servidores y servidoras públicos. Repito, registra las organizaciones que antes no pasaba, pero con la misma limitación jurídica de la imposibilidad de interlocutar por la defensa de los derechos de los trabajadores”.
Con respecto a la negociación colectiva en el sector público, Montufar dijo que la reforma del 2015 planteó que, en adelante, esta forma de negociación rige solo para el sector privado. “Los sindicatos, en el 2015, tenían en el papel el derecho de negociar colectivamente, pero no había un solo contrato colectivo que se había negociado. Todos estaban parados”. Recuerda, incluso, disposiciones como el de la Asociación de Municipalidades del Ecuador, donde se prohibía firmar este tipo de negociaciones.
El actual gobierno ha cambiado su estrategia y recibe a las organizaciones sociales, pero actúa sobre la reforma regresiva que se planteó en el 2017. “Ahora tenemos un montón de registro de organizaciones, pero están cercenadas en su derecho de interlocutar en la normativa laboral. No son interlocutores en defensa de los derechos de los trabajadores frente a su empleador”.
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