Adelantó que el expresidente Rafael Correa no podrá inscribir su candidatura, porque no cumplió con los requisitos establecidos en el reglamento.
Punto Noticias. A pesar de que acepta que no tiene, hasta el momento, un sustento legal, el vicepresidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Enrique Pita, defiende la propuesta de su colega consejero Luis Verdesoto de ampliar el horario de las votaciones, en las elecciones de 2021, para evitar aglomeraciones que generen contagios con el virus de la pandemia.
Pita cree que tal proposición debe ser tomada en cuenta y podría ser aplicada si el presidente de la República decreta un estado de excepción, con el fin de reglamentar la ampliación del horario de los sufragios.
A criterio de la segunda autoridad del CNE, debieron ser analizadas otras alternativas, como el voto telemático, para evitar que la gente tenga que ir a recintos electorales con el riesgo de contaminarse. Por supuesto, segmentando y reconociendo que hay un sector de la sociedad que no puede utilizar esa alternativa, porque no tiene los recursos tecnológicos, apuntó.
A Pita le parece improcedente que el CNE se haya pronunciado, señalando que es ilegal, sobre la propuesta de Verdesoto, porque, además advirtió, que esta, si se convierte en una proposición en firme ante el organismo, el Pleno del CNE deberá analizarla y pronunciarse.
Admitió que propuestas como la ampliación del horario, eliminar la obligatoriedad de asistir a votar, anunciada por la ministra de Gobierno María Paula Romo, están establecidas en la ley y la Constitución y no podrán ser reformadas, porque el plazo para ello concluyó. Pero insistió en que las respuestas del organismo rector del sufragio deben ser formales, no a través de comunicados, intentando descalificar las iniciativas, en este caso del consejero Verdesoto, según Pita.
Inscripción de candidaturas
A criterio de Pita, podrán inscribir su candidatura, cuando inicie esta etapa, todos los postulantes que aceptaron su precandidatura, en las instalaciones del organismo electoral, y asistieron de manera personalísima, con su presencia física, e indelegable.
Por lo tanto, Rafael Correa no podrá inscribir su candidatura a la Vicepresidencia de la República, porque, según el vicepresidente del CNE, no cumplió con estas condiciones.
¿Cuál es la diferencia entre personalísima y presencial?, le preguntó a Pita la periodista Licenia Espinel, a lo que respondió: “Lo que usted y yo estamos pensando, personalísima y presencial es lo mismo, porque yo estoy presente en el momento en que estoy aceptando la candidatura. Personalísima es porque es indelegable; yo estoy personalísimamente aquí, conversando con usted, en este momento; por supuesto estamos en vía telemática”, manifestó.
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