Luego de la etapa de prueba, explicó, viene otra fase del juicio político, que es la elaboración del informe, en el que se explicarán las pruebas y su secuencia
El abogado Esteban Ron aclaró que ningún asambleísta, bajo ninguna circunstancia es un juez ni puede aplicar principios jurisdiccionales dentro del juicio político contra el presidente de la República, Guillermo Lasso.
“En los primeros días del juicio se intentó asemejar el juicio político a un juicio ordinario. Y hacer una simulación, como que en la Asamblea se puede administrar justicia, si lo que existe es proceso de fiscalización”
Ron explicó que luego de la actuación de prueba viene la fase principal del juicio político, que es la elaboración del informe, en el que se explicarán las pruebas y su secuencia para determinar una posible responsabilidad política.
Sobre la comparecencia de Johnny Estupiñán, aseveró que era clave dentro de la imputación contra Lasso. Sin embargo hubo un error cuando no se presentó en la fase de pruebas de cargo y descargo, y una nueva equivocación cuando el exfuncionario cambió de opinión y decidió hablar vía telemática.
Por ello, los interpelantes pidieron a la presidenta de la Comisión, Ana Belén Cordero, de CREO, que se le permita hablar, cuando eso debió mocionarse en la Mesa Legislativa.
“Si se mocionaba que Estupiñán hable como una intervención de cierre y la mayoría daba el sí, la asambleísta Cordero tenía que dar paso obligatoriamente”.
Además, Ron dijo que ahora no hay forma de que el exgerente de Flopec intervenga en el Pleno para explicar sus denuncias, pero sí se las puede dar a conocer en las exposiciones que se realicen ante el Parlamento.
Johnny Estupiñán
Fue gerente de la empresa pública Flota Petrolera Ecuatoriana (EP FLOPEC), hasta el pasado 9 de marzo, cuando fue notificado de su remoción aduciendo incumplimiento de funciones.
Su salida ocurrió luego de que el 2 de febrero, el entonces funcionario, notificó a la empresa Amazonas Tanker de la terminación de un contrato por USD 281 millones, por recomendación de los gerentes Comercial, Financiero y Jurídico que concluyeron que no era conveniente ni pertinente mantenerlo.
El contrato fue observado por la Contraloría General del Estado el 05 de noviembre de 2021 y en la parte resolutiva del informe determinó que hubo un “cambio de modalidad asociativa de acuerdo comercial Dragun USA LLP a Amazonas Tanker Pool Company LLC, sin autorización del Directorio de EP FLOPEC e informes previos”.
Según Estupiñán el perjuicio para EP FLOPEC es del 30% del contrato con Amazonas Tanker por USD 281 millones. Explica que la empresa arrienda buques con tarifas altas, no realiza operaciones de triangulación y redistribuye las utilidades en términos desfavorables para para el Estado.
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