La Disposición Interpretativa Única y el segundo inciso del artículo 17 son cuestionados por la organización.
Punto Noticias.- El Comité Empresarial Ecuatoriano (CEE), junto a otras federaciones del sector productivo, presentaron una demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario, aprobada en el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus.
La organización objetó dos disposiciones de la normativa. Según el Comité, la Disposición Interpretativa Única no cumplió con los procedimientos legislativos, pues cuando ingresó como proyecto de Ley, el texto normativo no tenía la calidad de “ley interpretativa”, por lo que, no se cumplieron con los trámites respectivos.
Además, la disposición interpretativa cambió nuevos elementos jurídicos de la causal de fuerza mayor o caso fortuito para terminar un contrato de trabajo establecido en el artículo 169 numeral sexto del Código de Trabajo.
En este punto se señala que la causal de fuerza mayor se diferencia del despido intempestivo y se basa en situaciones específicas extraordinarias ajenas a las partes.
También se menciona que la normativa habla del cese total y definitivo de la actividad económica, lo cual es ajeno a dicha causal. Esto permite establecer que no es una Ley interpretativa, pues no aclara el sentido de la causal, sino que agrega nuevos elementos.
Ante ello, el Comité señala que al querer darle una carácter interpretativo se comete una inconstitucionalidad al otorgar el efecto de retroactividad y afectar a situaciones previas a la expedición de la Ley. Esto, a su vez, afectaría al derecho a la seguridad jurídica.
El artículo 17, inciso segundo, de la Ley fue modificado con el veto presidencial y se convierte en nuevas reglas que no fueron aprobadas por la Asamblea, cuando lo único que se podía hacer es la objeción con un texto alternativo.
La entidad consideró que con esa redacción se pretende utilizar dicha sanción a casos anteriores a la expedición de la Ley, lo cual, también recaería en una inconstitucionalidad.
Con esta demanda, el Comité pretende que se quite del ordenamiento jurídico a las normas mencionadas porque irían en contra de la Constitución.
En este contexto, se solicitó la suspensión provisional de las disposiciones demandadas y que se cite al Presidente de la República, al Presidente de la Asamblea y al Procurador General del Estado.
Fuente: CEE