Legisladores alertaron que desconocerían la activación de la muerte cruzada porque, al momento, no tendría el justificativo constitucional para hacerlo.
Punto Noticias. Con el avance del juicio político contra el Presidente Guillermo Lasso, hay una preocupación en torno a la posible aplicación de la muerte cruzada, que cada vez, al parecer, está más cerca de activarse. Desde la Asamblea Nacional, cuestionaron la justificación que utilizaría el Primer Mandatario y la consideran inconstitucional.
El presidente del Parlamento, Virgilio Saquicela, dijo que no es congruente con la realidad constitucional el hecho de que el Presidente haya esperado hasta el último día para tomar esta medida, cuando aún no sabe si cuenta con los votos necesarios en su juicio político.
“Si el Presidente cree que existen los justificativos para aplicar la disolución de la Asamblea, por qué no lo hizo hace seis meses o hace un año. ¿Por qué lo hace hoy, el último día, cuando sepa si hay o no los votos en su juicio político?”, criticó.
Yeseña Guamaní expresó su preocupación por la posible inconstitucionalidad de la activación de la muerte cruzada porque, dijo, actualmente no existen las causales necesarias para hacerlo.
“Hemos conversado con algunos asambleístas y, en el caso de que se active este recurso, la vamos a desconocer porque sería inconstitucional”, alertó.
Sin embargo, desde el movimiento Revolución Ciudadana señalaron que la muerte cruzada sería la salida democrática para el país, en este contexto de crisis de seguridad, política y social.
Según el artículo 148 de la Constitución el Presidente podrá disolver la Asamblea Nacional por tres causales. La primera, si a su juicio el Parlamento se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, que requiere un dictamen previo favorable de la Corte Constitucional.
Las otras dos no necesitan este dictamen, pero deben estar justificadas por la obstrucción reiterada e injustificada de la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo o por una grave crisis política y conmoción interna.
Finalmente, queda en manos del Presidente decidir si aplicará o no la disolución de la Asamblea, y si lo hace, si lo hará en consonancia con la Constitución del Ecuador.