El experto insiste en que no hay motivaciones para que el Gobierno Nacional haya adoptado esta medida.
Punto Noticias. El presidente de la República, Lenín Moreno, no ha demostrado nuevos hechos que ameriten la declaratoria de un nuevo estado de excepción, a criterio del constitucionalista Paúl Córdova.
El experto considera que el aparecimiento de una nueva variante del coronavirus y de nuevos brotes no configuran nuevos hechos, no son circunstancias diferentes a las vividas en este año 2020, no se habla de una nueva pandemia, por lo que el Gobierno no podría argumentar esto para sustentar el estado de excepción.
Recordó que la Corte Constitucional (CC) ya resolvió que no aceptaría otro decreto de estado de excepción por las mismas causas de calamidad pública y demandó a los gobiernos central y locales que adopten medidas para contener la pandemia, dentro de un estado ordinario.
Además, anota Córdova, el Gobierno ya cumplió el plazo que determina la Constitución de haber vivido seis meses bajo un estado de excepción, que restringe derechos a los ciudadanos. Estos hechos, en su opinión, deberá contemplar la Corte Constitucional para emir su dictamen de constitucional sobre el decreto del Ejecutivo.
Para el abogado constitucionalista, hay que entender los tres elementos que señala la norma fundamental para el análisis que hace la CC, que son verificar la existencia de los principios de necesidad, proporcionalidad, legalidad, territorialidad y razonabilidad.
El principio de necesidad significa que exista un estado de necesidad en el país. Cree que el Estado en su conjunto, Ejecutivo y gobiernos seccionales no han demostrado suficiente fortaleza institucional, en las políticas públicas y en las decisiones que se adoptan para enfrentar esta pandemia.
Observó que, por un lado, el presidente quiere solicitar un dictamen de constitucionalidad y, al mismo tiempo, el Ministerio de Educación hace el anuncio del retorno presencial a clases en cerca de 201 centros educativos públicos. Por otro lado, también el Consejo de Educación Superior establece el retorno a clases presenciales de ocho universidades privadas y de cuatro institutos nacionales de educación superior.
Considera que todas estas imprecisiones, desarmonizaciones, que existen por parte del Estado, le lleva a la Corte a analizar que en la verificación del principio de proporcionalidad; es decir, la idoneidad de las medidas que se vayan a tomar, con relación a los medios y fines para un nuevo estado de excepción, no se encuentran debidamente motivadas.