Esta medida se mantendrá hasta el 16 de diciembre del presente año. El trámite es totalmente automático, destacó el director de la ANT.
Punto Noticias. Desde el 10 de agosto, cuando se promulgó la Ley de Tránsito reformada, inició la etapa de remisión (perdón) de recargos, por 90 días, en beneficio de quienes tienen multas acumuladas o que no han podido cancelarlas, confirmó Adrián Castro, director ejecutivo de la Agencia Nacional de Tránsito-ANT.
Explicó que en la ley derogada, en el artículo 179, constaba un recargo del 2 % mensual por cada contravención de tránsito tipificada en el Código Integral Penal. Ese recargo fue eliminado para las personas que tienen contravenciones hasta antes del 10 de agosto del presente año.
Aquí cabe la remisión, porque muchas personas tienen multas pendientes desde hace dos años o más, generando el recargo mensual de 2 %, que se vuelve 24 % anual, que es lo que se está perdonando, si el ciudadano cancela su multa hasta el 16 de diciembre de este año, cuando culminan los 90 días de remisión, según detalló Castro.
Aseguró que el trámite para acceder a esta concesión es automático, no requiere de realizar ningún papeleo. Se puede pagar la multa a través de las varias alternativas que hay, ya sea de manera presencial en la banca pública o privada o en línea, mecanismo implementado por la ANT.
Las personas pueden consultar en la página de la ANT, en una casilla denominada remisión, con la placa, cédula de identidad o RUC, el estado de sus contravenciones y todas las multas y recargos asociados a la multa principal, disminuidos, con el valor que deberán cancelar.
Aclaró que el beneficio aplica para las contravenciones de tránsito, que están en el Código Integral Penal, sancionadas por los agentes civiles de tránsito, los vigilantes de la Comisión de Tránsito del Ecuador o policías nacionales que realizan control de tránsito, por medios tecnológicos como fotomultas, fotoradares y otros.
Las multas establecidas en ordenanzas municipales, por contravenciones al parqueo rotativo tarifado, por ejemplo, son multas administrativas impuestas por los GAD municipales que no tiene nada que ver con la fase de remisión, señaló.