Cuestionó el fallo del Ciadi a favor de Perenco, sin atender a las normas nacionales.
Punto Noticias. Estamos viviendo las consecuencias del sistema de protección de inversiones y arbitraje internacional, que rompe los principios básicos del derecho nacional e internacional, señaló Christian Pino, especialista en Derecho de Inversiones, sobre el fallo del Ciadi en contra de Ecuador, a favor de Perenco.
Toda persona extranjera que va a un país distinto del suyo tiene que someterse a las leyes e instituciones de ese país. El sistema de protección de inversiones crea un marco normativo que rompe este equilibrio, porque permite, de manera injustificada, a los inversionistas extranjeros la posibilidad de que no se apliquen las normas legales, sino los estándares contenidos en los tratados internacionales, explico.
Anotó, Pino, que los estándares de los tratados internacionales están establecidos de manera vaga, imprecisa, ambigua, interpretados por un conjunto de árbitros nombrados ad hoc, que no conocen las lógicas del derecho nacional, local, administrativo, impregnados de una lógica propia del derecho, comercial, privado.
Esto hace, a decir del experto, que los árbitros no estén en condiciones de entender bien las razones de política pública que están detrás de ciertas decisiones. Además, se les da una calidad muy excepcional en el derecho internacional, ser sujetos de derecho internacional, porque a través de estos instrumentos los inversionistas extranjeros, las grandes empresas transnacionales son capaces de demandar directamente a los estados, sin agotar las instancias locales.
Es un sistema que crea un conjunto de disposiciones que favorecen exclusivamente a los inversionistas, sin establecerles ningún tipo de obligación en temas de derechos humanos, respeto al ambiente, política laboral, tributaria, cuestionó Pino.
El experto recuerda que esta petrolera Perenco, para demandar al Estado ecuatoriano, por presunto incumplimiento de contrato, hechó mano de la Ley 42, que reguló la manera cómo debían repartirse las ganancias excedentarias por la venta del crudo, que estaban más allá del precio de equilibrio de los contratos.