Se tomó su tiempo, pero finalmente la Sala de lo Constitucional de la Crote Suprema de Justicia (CSJ) de El Salvador frenó una reforma constitucional que había sido aprobada en mayo de 2015 y que cercenaba los derechos de las personas, al permitir solo el matrimonio entre hombres y mujeres así nacidos.
Para los magistrados esta reforma no puede resolverse por los legisladores atribuyéndose la noción de “urgencia” para una reforma constitucional.
También critican que la Asamblea Legislativa no permitió que el pueblo pudiera pronunciarse al respecto, al aprobarse a pocos días de que cerrara el periodo legislativo, con lo que no hubo fase informativa a la población de los artículos que fueron reformados.
De este modo, los jueces consideraron ilegal la forma en que fue aprobada la reforma, en pleno periodo transicional posterior a una elección legislativa, impidiendo tomar en cuenta las posturas de los diputados elegidos por la población.
El decreto queda desarticulado y deberá ser el próximo periodo legislativo, el que irá de 2018 a 2012 el que defina las posibles modificaciones que se realicen a la Carta Magna de El Salvador.
El fallo contó con un voto de unanimidad de los cinco magistrados de la CSJ.