Punto Noticias.- La abogada constitucionalista, Libia Rivas, conversó sobre el CPCCS. Ella hizo un análisis sobre qué hacer con este organismo.
Primero, ella puso los antecedentes. El origen del CPCCS no se remonta a la Constitución del 2008. El antecedente es la constitución de 1998. Anteriormente, existía la Comisión de Control Cívico contra la Corrupción que se creó por Decreto Ejecutivo expedido por el expresidente Fabián Alarcón.
Esa Comisión fue incorporada en el texto de la constitución de 1998 como un órgano constitucional. Su función fue: combatir la corrupción y, adicionalmente, promover la participación ciudadana. Posteriormente, en la Constitución del 2008, se le atribuyeron estas funciones de nominación de autoridades de control.
En ese sentido, Rivas consideró que sí fue un error del Constituyente cambiar el sentido original de la Comisión de Control Cívico contra la Corrupción.
Sin embargo, la abogada sostiene que no está a favor de que se elimine el CPCCS. Ella está a favor de que se le reste competencias y se las traslade a la Asamblea Nacional. Incluso, la entrevistada dijo que no estaría mal cambiarle el nombre al CPCCS como se hizo con la Asamblea Nacional. Antes el legislativo se llamaba Congreso Nacional.
Si se elimina (CPCCS), con seguridad, se querrá a futuro volver a incorporar un órgano de esa naturaleza en la Constitución.
Pero, ¿cuáles deberían ser los cambios para este organismo, el CPCCS? La entrevistada, en ese sentido, propone que en la designación de autoridades se tome en cuenta un elemento. No es solamente pasar las funciones de nominación a la Asamblea Nacional. Ella recordó que la norma para designación, en la actualidad, habla de Comisiones Ciudadanas de Selección. Estas Comisiones han estado integradas por delegados de las funciones del Estado.
Entonces, ¿qué mecanismo podría ser idóneo? Rivas dijo lo siguiente:
La Constitución dice que la Asamblea Nacional se integra por comisiones especializadas. El número es el que está establecido en la ley. Me parece que si regresa esta competencia a la Asamblea Nacional, tranquilamente se podría integrar una Comisión Especializada que no sea permanente, sino que se active en el momento de la designación.
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