“¿Es adecuada la expedición de un estado de excepción para enfrentar un escenario de protesta social?”, plantean las organizaciones de derechos humanos
Punto Noticias. Esta mañana, varias organizaciones de Derechos Humanos presentaron un amicus curiae ante la Corte Constitucional para el control constitucional del Decreto 884, que declaró estado de excepción en todo el territorio nacional. Para las organizaciones es importante que la Corte Constitucional declare la inconstitucionalidad de esta medida al no encontrarse acorde a los requisitos formales y de fondo, sobre todo, “cuando el Estado ecuatoriano ya ha sido observado por los organismos internacionales por utilizar los estados de excepción para reprimir la protesta social”.
La Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh), la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Cedhu), Amazon Frontlines, el Observatorio de Derechos y Justicia y varias académicos ingresaron el documento.
Según el catedrático David Cordero Heredia, el recurso busca proporcionar elementos del Derecho Constitucional, Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario “que serán indispensables para analizar el delicado asunto que recayó en el juez ponente Enrique Herrería”.
«A nuestro criterio las preguntas jurídicas que deberá responder esta honorable Corte en el presente caso son: ¿Es adecuada la expedición de un estado de excepción para enfrentar un escenario de protesta social?¿Pueden ser calificadas las protestas sociales como “grave conmoción interna” en los términos del artículo 164 de la Constitución?, ¿El derecho internacional y la Constitución permiten el uso de fuerzas militares para contener protestas sociales?», dijo.
Además, solicitan a la Corte Constitucional remitir la información sobre los hechos de violencia de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional a la Fiscalía General del Estado, así como al Ministerio de Gobierno para que se realicen las investigaciones penales y administrativa; se declare la responsabilidad de los funcionarios y se establezcan las reparaciones materiales e inmateriales a las víctimas de la violencia policial y militar.
Para las organizaciones de derechos humanos es importante que la Corte Constitucional declare la inconstitucionalidad de esta medida al no encontrarse acorde a los requisitos formales y de fondo que debe cumplir las declaratorias de estado de excepción, “más aun cuando el Estado ecuatoriano ya ha sido observado por los organismos internacionales por utilizar los estados de excepción para reprimir la protesta social”.
Fuente: INREDH