La base imponible del Impuesto a la Renta para este año es de USD 11 315.
Punto Noticia.- El 31 de enero vence el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia entreguen el formulario de proyección de gastos personales para el período 2020. Este es un trámite que se realiza cada año para reducir impuestos a través de las facturas de alimentación, salud, educación y vestimenta.
Sin embargo, en este 2020 hay cambios e incertidumbre luego de la entrada en vigencia de la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria.
La nueva ley indica que las personas que tienen ingresos netos mayores a USD 100 000 ya no podrán hacer la deducción de sus gastos personales, a excepción de los relacionados con enfermedades catastróficas.
Asimismo, la objeción 1 del veto del Ejecutivo llegó con problemas que no fueron detectados por los asambleístas. En ella se pide eliminar el inciso 1 del artículo 10 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (Lorti), cuando lo correspondiente era sustituir el inciso 2. Así se eliminó la deducción de gastos a través de comprobantes.
Ante ese error, la Asamblea busca una alternativa para enmendarlo. Pero mientras eso sucede, la base imponible del IR de personas naturales subió de USD 11 310 en 2019 a USD 11 315 en 2020. Esto significa que quien gane hasta USD 1 041,32 mensuales, incluidos sobretiempos y comisiones, no pagará el impuesto.
Se podrá deducir hasta USD 3 677,37 en alimentación, educación, vivienda y vestimenta; y solo en salud el valor a deducir puede llegar hasta la mitad del total de ingresos anuales de un trabajador, sin exceder los USD 14 709,50 para este año.
Por otra parte, entre el 10 y el 28 de febrero se debe presentar el anexo de gastos personales del 2019, para quienes proyectaron gastos al menos de USD 5 655. Este anexo se lo hace a través de la página web del Servicio de Rentas Internas y hay un cronograma que se debe cumplir, basado en el noveno dígito de la cédula o RUC del contribuyente.
Fuente: El Universo, redes sociales