Aducen que los precios oficiales mínimos de sustentación limitan su competitividad según el CIL
La aprobación realizada a las modificaciones al numeral 2 del artículo 308 del Código Integral Penal (COIP), por parte de la Asamblea Nacional, afecta directamente al sector lechero, por ello, no se hizo esperar el pedido de revisión al Presidente Lenin Moreno, desde el Centro de la Industria Láctea (CIL).
Según ellos, «con la única y exclusiva motivación de lograr la mejora competitiva en todo el sector lácteo de forma técnica y pragmática, incentivando la formalización de los procesos de producción de leche y derivados e impulsar así a que toda la cadena láctea sea el motor de desarrollo económico y social para el país».
Sus argumentos son:
- La inclusión en el código penal por incumplimiento de los “precios oficiales mínimos de sustentación” se contradice con los convenios de apertura comercial que suscribe el país, limitando la competitividad del sector.
- Al ser delito la comercialización de un alimento: el lactosuero, aunque se cumpla con las normas y estándares técnicos establecidos, va contra las dinámicas para impulsar la Economía Circular y genera impactos ambientales y económicos severos.
El CIL informa en su comunicado, que:
- El Ecuador, dentro del proceso de apertura comercial al mundo, esto dificulta para que todas las cadenas agroalimentarias sean de calidad.
- Estos problemas estructurales, lo vuelven poco competitivo al sector lacteo, debido a los costos de producción y precios rígidos, alejados del contexto regional y global.
- Construir competitividad en el sistema lácteo, implica alinearse con el Ministerio de Agricultura y Ganadería – MAG, el Ministerio de Producción Comercio Exterior Inversiones y Pesca – MPCEIP para tener un potencial agroindustrial y de la cadena láctea, indica el boletín de prensa.
Fuente: Infórmate y Punto