La sentencia recoge principios de interculturalidad y, una vez ejecutoriada, los sentenciados deberán realizar trabajos comunitarios, pedir disculpas públicas y no podrán incursionar en la zona intangible.
Punto Noticias.- La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Orellana ratificó la sentencia -con principios de interculturalidad- impuesta a 11 personas de la nacionalidad Waorani que cometieron homicidio.
Los argumentos del fiscal del caso, Andrés Cuasapaz, fueron acogidos por la Sala Penal, mientras se rechazó la apelación presentada por la defensa de los sentenciados, que impugnó el fallo condenatorio cuando este fue notificado, el 31 de octubre de 2019.
En la sentencia, las 11 personas fueron declaradas responsables por la muerte de integrantes de Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario (PIAV), en el contexto de un ataque ocurrido el 30 de marzo de 2013, al interior de la selva Amazónica, y del traslado forzoso de dos niñas.
Para resolver este caso se tomó en consideración el principio de interculturalidad. Así, la pena dictada en primera instancia -que sustituye la privación de libertad- fue otorgada bajo la cosmovisión indígena, previo a un diálogo con ancianos de la nacionalidad Waorani, quienes -en coordinación con la Fiscalía- definieron la sanción que contempla el cumplimiento de 200 horas de trabajo comunitario por año (durante cuatro años) en las comunidades del Bloque 16 (Repsol), que son contiguas a los PIAV.
Los sentenciados deberán construir chacras para asegurar el sustento alimenticio de los beneficiados, y refaccionar o edificar las casas tradicionales Waorani.
La medida contempla, además, las disculpas públicas, previo a la Fiesta Cultural Waorani, así como el hecho de que no podrán incursionar a la Zona Intangible Tagaeri y Taromenane.
A su vez, un año después del servicio comunitario, se organizará la Fiesta Cultural, en la comunidad de uno de los infractores, conforme a sus costumbres y tradiciones, con el objetivo de propiciar la paz y armonía y antes de esto, la Secretaría de Derechos Humanos deberá realizar una inducción en derechos humanos, especialmente sobre el derecho a la vida.
Sobre la reparación integral a las dos niñas de los PIAV, trasladadas forzosamente durante el ataque de 2013, se dispuso que continuarán en el Sistema de Protección a Víctimas y Testigos (Spavt) de la Fiscalía General del Estado hasta sus 21 años, con el fin de garantizar su proyecto de vida de acuerdo a su cosmovisión y cultura.
Una vez ejecutoriada la sentencia se la deberá difundir en lengua ancestral Waorani en una radio comunitaria de mayor alcance en las provincias de Orellana, Napo y Pastaza.
La Fiscalía informó que las evidencias recolectadas en esta causa, conforme lo dispuesto en la sentencia, pasarán a ser manejadas y custodiadas por el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural, porque son la prueba fehaciente de la existencia y vulnerabilidad de los Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario.
El fallo condenatorio exhorta a la Asamblea Nacional a crear una “Ley para la Protección de los Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial”, que focalice su vulnerabilidad, derechos y régimen de protección.
Fuente: Fiscalía, redes sociales