Ente los lineamientos se destacan controles sanitarios en aeropuertos y fronteras, la conformación de una mesa técnica y la priorización de recursos económicos para combatir la pandemia.
Punto Noticias.- Tras la finalización del estado de excepción y con el propósito de mantener el control de la pandemia del coronavirus en el país, el Ministerio de Salud emitió un acuerdo ministerial en el que dispone conservar las medidas necesarias para preservar la salud de la ciudadanía.
El documento fue suscrito por el ministro del ramo, Juan Carlos Zevallos, en el que destacan disposiciones como mantener la atención permanente de laboratorios, unidades de epidemiología y control, ambulancias aéreas, servicios de médicos, para la atención prioritaria a la población afectada en todo el país.
Conformar una mesa técnica de respuesta ante la COVID-19, con representantes de la Red Pública y Privada de Salud. Los establecimientos de salud deberán continuar con la notificación obligatoria a la Autoridad Sanitaria Nacional sobre los pacientes que presentan síntomas de la COVID-19.
En la misiva emitida este lunes 14 de septiembre, también se dispone a los prestadores de salud garantizar la atención médica y la disponibilidad de los recursos necesarios para el diagnóstico y tratamiento integral a pacientes relacionados con la COVID-19. Así como mantener los controles sanitarios en los aeropuertos del país o zonas fronterizas y su aplicación a todas las personas nacionales y extranjeras.
Además de estos parámetros que, según el MSP, ayudarán a determinar zonas de alerta sanitaria, identificar grupos poblacionales en grave riesgo y coordinar acciones conjuntas con las diferentes instituciones del Estado, se encuentran disposiciones como:
- El MSP expedirá, en forma periódica, los lineamientos sanitarios y medidas de prevención de contagio de la COVID-19, a fin de que las autoridades competentes procedan con las debidas regulaciones y controles.
- La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) actualizará las regulaciones referentes a la producción nacional de medicamentos y dispositivos médicos necesarios para la atención de la población afectada por el SARS-CoV-2.
- Los establecimientos pertenecientes a la Red Pública Integral de Salud, deberán priorizar los recursos económicos, talento humano y, demás medidas que se estimen para combatir la propagación del virus.
- Se aplicará de manera obligatoria los principios establecidos en el artículo 4 de la Ley Orgánica del Sistema de Contratación Pública, exigiendo que dichas contrataciones sean transparentes a fin de salvaguardar los recursos públicos.
- Se prohíbe expresamente a todas las empresas de seguros de salud privada y a empresas de medicina pre-pagada que limiten la cobertura para la adecuada evaluación, atención y tratamiento al usuario-paciente afectado por la COVID-19
Fuente: Ministerio de Salud